discolo repasando las respuestas me he dado cuenta de un problema de interpretación.El dinero que le dio la comunidad para reparar la avería de la terraza es un problema a parte. decía de que era impermeabilizador, cogió un dinero a cuenta (114000pts) y hasta el día de la fecha ni a reparado nada ni ha devuelto el dinero.
El otro problema, que nada tiene que ver con el primero, si no que es la misma persona.Es que tiene las conducciones de agua de su propia vivienda en muy mal estado y esto desde hace 17años. Después de 17años los daños son tales que el forjado (estructura) de los techos (baños,pasillo y dormitorios)de su vecino de abajo están podridos, como el forjado es un bien común la comunidad debe primero efectuar las reparaciones pertinentes y después ir contra él.Según un perito (aparejador) debe de calcular exactamente el valor de los daños pero después de haber visualizado los daños in si tus y haber leído un informe emitido por un laboratorio especializado en resistencia del hormigón nos puede adelantar que la reparación sera de varios millones de pts.
Como la comunidad no dispone de esas cantidades,ahora los vecinos tenemos que abonar una serie de recibos extra, porque un señor se niega a reparar sus conducciones de agua.
Podemos los vecinos, declararlo como vecino "no grato" y pedir que lo expulsen del bloque.
Un saludo
Gracias discolo por tu repuesta, para precisar mas te diré, que hay una sentencia judicial con fecha de 1992, fue condenada en rebeldía a reparar los daños existentes en la época. El 1 de enero del 1996, era tal la cantidad de agua que caía que el juzgado de guardia ordeno de que le cortaran el agua. En el 2002 se presentó otra demanda,era tal los alegatos de esta persona que la instrucción del caso duro cuatro años, se pidió un perito judicial, después pidió un ampliación del informe pericial, hasta que el perito certifico que la única responsable de los daños era ella. El juicio se celebro en junio del 2006.fue condenada a realizar todas las reparaciones indicadas por el perito.Presentó una apelación y estamos en espera de que la audiencia resuelva.En abril del 2007 hubo otro juicio, a pesar de haberse personado en la causa no se presento a la vista. El juicio se celebro y por supuesto fue condenada. también presento una apelación (ya son dos sentencias en apelación)
discolo todo esto es demostrable, sigues pensando que es baldragueria.
Un saludo
1. Sobre el dinero: El que dice que les dió´el dinero es el Administrador. A él le toca justificar debidamente esa entrega. Y si no lo puede justificar, a él le toca reintegrar la cantidad. Aunque por la fecha (1990), tengo la impresión que ya lo han visto.
2. Hombre, si llevan 17 años con la avería, lo primero que va a pensar SS es que ustedes se comportan como unos baldragas.
3. Lo primero que tienen que hacer es preparar las pruebas de que hay una avería y daños. Aparte está la demostración de que la avería está en la terraza.
Una vez con las pruebas, cogen y le reclaman al Propietario (que no al vecino) correspondiente. Y en el caso de que no se avenga ees cuando pueden recurrir al juzgado, pero dudo que SS les haga mucho caso en lo de querer echarle. Mas aún, creo que, ante sus diecisiete años de baldraguería, SS les puede endilgar una mala fe manifiesta.
Gracias akiles por tu contestación, pero no has respondido a mi pregunta. ¿Hay motivos para expulsarlo de su domicilio por un poeriodo maximo de tres años, como segun estipula la ley de propiedad horizontal
Si lo que comentas puede ponerse por escrito por peritos, la comunidad podría ir a juicio para obligarle a pagar todos los desperfectos que haya causado su actuación o negligencia, antes de que vaya a más, o a resarciros los gastos en el caso en que lo hayais reparado con urgencia para evitar males mayores. El tiempo juega en vuestra contra.
En mi comunidad tenemos unos vecinos bastantes conflictivos.En el 1990 se le entrego un dinero (114000pts) a cuentas de una reparacion que debia de efectuar en la terraza, se quedo con el dinero y no efectuo reparacion alguna. El administrador no le hizo recibo alguno, aunque si consta en acta.
Desde hace 17años le esta haciendo la vida imposible al vecino del piso inferior al suyo. Tiene las conducciones de agua en muy mal estado y se niega a reparar. Despues de tantos años, los daños son de tal consideracion que el forjado esta dañado. Como el forjado es un bien comun, es la comunidad la que tiene que hacer frente a esos daños y despues ir contra ella.
Los daños son estimados en varios millones de pts. Como la comunidad no dispone de esa cantidad tiene que emitir varios recibos extra.
Todo este problema porque lel vecino en cuestion se niega a reparar sus conducciones de agua.
¿Según la nueva ley de propiedad horizontal, habría suficientes motivos para expulsarlos de la comunidad durante un periodo de tres años?
Gracias