Poder se puede prohibir, en mi edificio un vecino no quiso pagar el ascensor, los demás tenemos llave y el no, cada vez que quiere subir debe hacerlo a pata o que se enrolle alguno de los poquísimos vecinos que le deja subir, los demás no lo hacemos y es legal e incluso diría que conveniente,
Tiene usted razón, no se puede prohibir el uso un elemento común. Yo jamas haría eso a un niño .
Hace muchos años, en el golpe de estado del 23 f, un capitán entro en una universidad con la pistola en la mano, y el capitán citado, se encontró con un antiguo profesor . Le reconoció y le dijo !Si usted era profesor mío en la universidad! todo eso apuntándole con la pistola y el profesor le dijo: ! Le suspendí o le aprobé ¡ Y EL PROFESOR JURO QUE JAMAS SUSPENDERÍA A NADIE. ! YA , YA, LO CASTIGARA LA VIDA. DECÍA ¡
Más vale que a ese pobre niño de 7 añitos, que tierno, no le digas que no se puede bañar porque sus papis son morosos, no sea que te escuche el padre y denuncie al presidente por un delito de coacciones.
No se puede prohibir el uso de un elemento común a un moroso. Se le priva del voto en junta y en todo caso se emprende un proceso monitorio en su contra.
Hola 1jmm, creo intuir que usted vive de esto.
le recomiendo este audio de hoy:
http://www.ivoox.com/11724286 (IMPORTANTE EL PROGRAMA DURA 3 HORAS , PERO SOBRE EL CONGRESO ADMINISTRADORES DE FINCAS COMIENZA A PARTIR DEL MINUTO 190.¡¡¡¡¡MUY INTERESANTE PROGRAMA!!!!
Los Administradores de Fincas celebran esta semana en Sevilla su Primer Congreso Nacional y Primero Internacional... Un millar de Administradores de más de 20 países se reunirán a partir de este jueves en el Palacio de Congresos y Exposiciones de Sevilla.
En mi comunidad hay un moroso que ha puesto todas las propiedades a nombre de su madre y de su hija para no pagar. No ha pagado la comunidad creo que nunca... y ahora él se ha mudado a un chalet al campo de golf., pero claro, tampoco esta.a su.nombre. Las cartas de la demanda no se la pueden entregar porque no lo encuentran. Qué caradura.
Lo más triste de todo, Como le dices a un niño de 7 años , que no se puede bañar en la piscina por qué sus padres son morosos.
A ver si la ley se actualiza a los nuevos tiempos, una ley de 56 años, pues usted dirá.
Mi duda es acerca del afrontamiento de la deuda dejada por dos vecinos morosos de mi comunidad (a raíz de unas obras de rehabilitación) los cuales tienen monitoria.
Mi pregunta es: ¿esa deuda, que va a ser pagada por los demás vecinos que integran la comunidad, puede ser pagada a partes iguales o bien por coeficiente?
Todos los vecinos están al corriente de pago, pero de no abonar la cantidad que falta, generada por los morosos, el constructor denunciaría a la comunidad.
Gracias