Vivo en un inmueble recientemente adquirido. Es un edificio de dos plantas (bajo y primera planta). Yo vivo en la primera planta. Un balcon da a un solar de otro vecino. He cerrado el balcon con aluminio, dejando dos ventanas correderas. Una de ellas da al solar.
Mi vecino dueño del solar, me ha hecho saber que piensa edificar en el solar, por consiguiente me ha pedido que quite la ventana, pues violaria la distancia minima entre ventana y el futuro edificio.
Mi pregunta es: ¿Habiendo ya balcon, y habiendolo yo cerrado con la dichas ventana, debo retirarla, dejar el balcon, o puedo dejarla como esta?
Gracias por adelantado.
Lo que llamo balcon es una galeria típica para poner la lavadora, tender, etc... Existia antes que comprase la vivienda.
Si esto no te aclara nada, por favor, haz preguntas concretas.
Gracias por vuestro tiempo.
Supongo que esa terraza daba a una fachada lateral que has acristalado,
A no ser que las normativas urbanísticas exijan un retranqueo, (distancia entre edificaciones) el propietario del solar tiene derecho a edificar en él pegando su pared a la tuya, y levantar hasta la altura permitida.
Si en tu escritura no consta que tengas un derecho de luces y vistas sobre la finca colindante y esa ventana no lleva suficiente tiempo abierta como para haber adquirido el derecho a la servidumbre, el propietario del solar te la podrá hacer cerrar.