vamos a ver...el chico entendía su respuesta, pero obviamente no podía estar de acuerdo con usted por dos motivos: en primer lugar porque la pregunta no va referida a que los vecinos sean los que reciban las clases o no, eso es completamente indiferente, lo importante es que un vecino de la comunidad no saque un beneficio económico de un bien comunitario. No está permitido que un vecino se lucre y saque un beneficio económico de unas pistas cuyo mantenimiento pagan todos los vecinos de la propiedad. Por tanto que mas da que le de clases a vecinos o no? pueden jugar y hacer uso de las pistas cualquier persona siempre y cuando haya al menos un inquilino de la comunidad pero nadie puede sacar un beneficio personal haciendo uso de las instalaciones comunes.
Gracias por la respuesta. Una ultima consulta, ¿existe algun articulo en la LPH donde se regule o se indique como regular el uso que se da a un bien comun obteniendo un benefecio economico solo para algunos? Lo que tenemos en esta mancomunidad es un protocolo para reserva de pista. No existe nada, de momento, para el uso y beneficio economico de un bien comun.
Hola.
No sé qué parte no entiende de que la LPH no regula expresamente este asunto y que para hacerlo pueden aprobar normas de régimen interno.
NO sólo por las clases, también para limitar el tiempo de uso para que TOD@S pueden usar la pista (por turnos, por inscripción previa, etc).
Le insisto: lo difícil será controlarlo.
Además, el uso, cuando es dando clase a propietarios-usuarios autorizados, NO LO PUEDE IMPEDIR, pues es derecho de éstos USAR LAS PISTAS, aunque sea para recibir clases, en las condiciones que se estipulen para TOD@S.
Un saludo.
Lamento mucho insistir. las clases, mayoritariamente son a vecinos, pero tambien hay alunmos que no son de la comunidad. Lo que quiero saber es que dice la LPH sobre temas similares. Cuando se dan la clases se sabe por las explicaciones que se oyen, el carrito con las bolas, etc. No pasa desapercibido. Solo quiero saber como se puede regular, segun Ley, que uno gane dinero a costa de un bien comun. En esta comunidad no es dificil encontrar compañer@ para jugar. Lo dificil es reservar pista por la cantidad de jugadores.
Hola.
Lo que usted indica es obvio. Pero le vuelvo a insistir que no es lo mismo que le dé clases a la gente de "fuera" que a los propios vecinos.
El uso se puede regular, pero como ya le indiqué, la naturaleza del elemento común, hace muy difícil imponer limitaciones, pues difícilmente se puede pretender que sólo jueguen los vecinos entre ellos. Si ya es difícil encontrar un compañer@ para practicar ciclismo, ya me dirá un vecino con iguales aficiones, horarios y compatibilidades varias!!
No obstante, se puede aprobar una norma de régimen interno en la que se prohíba dar clases a personas ajenas a la Comunidad, PERO SE ME ANTOJA DIFÍCIL DE CONTROLAR, o también se puede negociar un "alquiler" para que el "profe" pueda seguir haciéndose multimillonario.
Un saludo.
Mi pregunta es si un vecino puede enriquecerse cobrando clases de padel en una pista de mancomunidad que mantenemos entre todos los vecinos. La pista tiene unos gastos de luz, cambio de cesped, vallas, etc. a mas uso mas cambios por deterioro. Tengo mucho interes en saber que dice a este respecto la LPH. Si el vecino que cobra las clases cumple o no con hacienda no es un problema comunitario, pero el que gane dinero con un bien comun, que pagamos todos si. No existen estatutos internos, pero todos sabemos que cobra. A que destina ese dinero, el solo cosa del que cobra. ¿Hay algun articulo en la LPH que prohiba esta practica o que tenga que llevarse a votacion?Gracias por la aclaracion.
Hola.
La cuestión económica no es asunto de la Comunidad. Otra cosa es la Agencia Tributaria.
La cuestión es si los alumnos son vecinos o no.
El uso de zonas comunes puede ser regulado por la comunidad.
No obstante, tenga en cuenta que difícilmente se podrá aceptar que sólo la usen los propietarios y no puedan jugar con amigos (y a ver quién va a controlar el acceso).
Un saludo.
Habría que ver, si cobra por dar clases, o recibe un donativo. Porque llegado al caso el donativo puede repercutir en una ONG. Es un tema peliagudo que hay que valorar .
Soy de una mancomunidad donde existe una pista de padel. Venia con la obra. No hay estatutos internos. La pista de padel es gratis para los vecinos.Hay un vecino que cobra por las clases de padel pero no ingresa nada a la mancomunidad por este beneficio personal. Las reparaciones y gastos de la pista las pagamos todos, cesped, vallas, luces. etc. ¿es legal? ¿Hay algun articulo de la LPH que prohiba el enriquecimiento de un vecino con los bienes comunes? a mas uso, mas desgaste y mas gastos que pagamos todos y uno se beneficia economicamente.