Piso alquilado a dos personas que constan ambas totalmente en el contrato, al cabo de unos años una de ellas fija su residencia en otro lugar, fuera de la CE.
¿El arrendatario que queda en el piso, continua con todos sus derechos o debe hacerse un nuevo contrato?
Muchas gracias
Creo que depende de si en el contrato inicial está expresamente que la responsabilidad es solidaria. En este caso, el inquilino que se queda asume íntegramente todas las obligaciones (en especial, el pago de la renta) y todos los derechos. De todos modos, yo aconsejo redactar un nuevo contrato que refleje la realidad actual.
Un saludo,
Expresamente no habla el contrato de responsabilidad solidaria, pero creo que se sobreentiende al constar las dos personas con nombres y apellidos en el apartado ARRENDATARIO.
Tambien opino que lo idoneo es actualizar el contrato.
Muchas Gracias.
Hola oniluap. Aunque NO conste expresamente que los arrendatarios son en caracter de SOLIDARIOS, la jurisprudencia mayoritaria entiende que en los arrendamientos se presume la SOLIDARIDAD.
En realidad NO es necesario, a priori, celebrar un NUEVO CONTRATO. Es suficiente con que se redacte un documento que se adjuntará al contrato como ANEXO en el que se refleje el cambio de titularidad(de 2 a 1 arrendatario). Dicho documento DEBE estar firmado por las 3 partes.