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Valores13.

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Valores13.
28/05/2019 13:33
El Administrador, una vez más, ha puesto el candado a un tema tras haberse usted explayado a gusto sin concederme derecho a réplica a tanto exabrupto, así que abro tema nuevo para contestarle:


Usted tiene total libertad para analizar mis conocimientos jurídicos, pero puntualizaré que lo hace desde el desconocimiento porque no está cualificado para valorar mi preparación jurídica.


Por experiencia le diré que la afirmación que realiza usted sobre muchísimos abogados, es absolutamente incierta y falaz. Los abogados sí estudian los asuntos.


Los clientes no deben pagar por resultados, sino por el concepto en que contratan los servicios de un Abogado y es que los abogados son contratados en régimen de arrendamiento de servicios y consecuentemente no pueden ni deben asegurar el resultado del pleito, si bien, como a ninguno le gusta perder, lo preparan con absoluta diligencia (es una cuestión de amor propio porque, en el fondo, los abogados compiten entre sí).


Reitero que le dije que los 1200 euros incluyen honorarios de procurador e IVA (que incrementa los honorarios en un 21%). Eso significa que la base de los honorarios es de 991,74 € y en ella no están comprendidos únicamente los honorarios de Abogado.


Respecto a la ABUNDANTE jurisprudencia que según usted rebaja las costas un 80 por 100, (en otro párrafo dice el 90 por 100) lo que tiene que hacer es citarla, y no marcarse faroles.


La regularización de saldos debe ser expresamente aprobada en Junta de Propietarios convocada a tal fin. Es indiferente que durante 50 años hayan seguido ese sistema porque en realidad, no opera un derecho de crédito automático a favor de los comuneros en Propiedad Horizontal, por mucho que haga referencia usted a la lógica y a la justicia. La Ley no es jutsa ni injusta. La Ley es Ley.


Si el acuerdo fue aprobado por unanimidad, tal y como usted plantea, ya le he dicho que le faculta para promover una reclamación de cantidad contra la comunidad de propietarios y que dicho declarativo se ventilaría por los trámites del juicio verbal.
Usted sostiene que dicho incumplimiento constituiría incluso un delito PENAL del administrador y del Presidente. Esa afirmación demuestra su absoluta ignorancia jurídica.


Si usted está convencido de que va a ganar el pleito sin asistencia profesional, redacte la demanda y siga el porcedimiento hasta sentencia. Ya nos contará que tal le ha ido.


Me acusa de contradecirme. Su argumento es que, si un abogado cobra un tercio de la cuantía, debería cobrar sólo 100 eurillos.


Se equivoca usted. Lo que le dije es que la Ley establece una limitación de honorarios de Letrado en la imposición de las costas, fijándola en UN TERCIO DE LA CUANTÍA DEL PROCEDIMIENTO.


A continuación le dije que esa limitación de honorarios de Letrado en la imposición de las costas, prevista legalmente, SÓLO SE APLICA CUANDO SE TASAN LAS COSTAS POR EL JUZGADO Y NO EXISTE LA LIMITACIÓN de honorarios de letrado con arreglo al tercio de la cuantía CUANDO EL CLIENTE LE TIENE QUE PAGAR A SU PROPIO ABOGADO.


Por cierto. Un tercio de 2.000,00 € no son 100,00 € y es que ni calcular sabe.


Referente al ERROR del abogado, nada le voy a decir sin examinar la documentación, aunque seguro que tiene explicación.


Yo no trato a MIS clientes como ignorantes. Usted no es cliente mío, si bien le diré que tengo la sensación de que usted es una persona con un perfil cultural bajo y muy poca o ninguna educación, pero ello no me llevaría a engañarle. Ese tipo de desconfianza proviene de personas que no dominan la materia que constituye su problema y sacan sus propias conclusiones negativas, muchas veces erróneamente, debido a su ignorancia, inseguridad y desconocimiento, por lo que deciden actuar en base al refrán que dice “piensa mal y acertarás”.


A mí no me molesta que me hablen claro, ni me digan la verdad.


Lo que me molesta es su falta de tacto. La ausencia de sensibilidad porque, aunque no le gusten las respuestas, entro para contestar el problema que usted plantea con mayor o menor acierto en base a lo que usted ha planteado y sobre todo me molesta su absoluta falta de educación, porque lo que usted cuenta, además de explicarse fatal, son "sus cuentos y su verdad”, sin caer en la cuenta de que está usted equivocado porque no domina la materia. Hace afirmaciones erróneas y difamatorias y le diré en un lenguaje sencillo y plano que no dice más que tonterías y mi afirmación no me convierte en una persona soberbia ni orgullosa. Me limito a hablarle con la misma claridad que usted emplea para dirigirse a mi, pero en mi caso, lo hago con conocimiento de causa y dominio de la materia y por ello le puedo decir que, en mi opinión (de tercera divisió), destaca por su absoluta estulticia jurídica.


Que tenga un buen día.