Yo por ejemplo, en las valoraciones de secuelas estéticas tengo un anexo que estaba en esta web. Veré a ver si encuentro algo. Voy a ver si en el Foro de civil alguien puede ayudarme.
Hola Beliades. La verdad es que yo sólo he calculado 2 indemnizaciones conforme a baremo, pero supongo que esas "secuelas" que presenta tu cliente deberán venir an algún Anexo, pues creo haberlas visto en alguna sentencia.
Hola. Llevo el caso de una pelea en la que se ha emitido ya el parte de sanidad. La cuestión es que estoy acostumbrada a hacer los cálculos para la indemnización con el baremo, pero nunca me había surgido que en secuelas pusiera "síndrome distímico (estrés) postraumático (medio)". La cuestión es cómo se valora esta secuela. Gracias