Buenos días: Voy a iniciar la liquidación de gananciales. La vivienda familiar la adquirí antes del matrimonio y a un precio especial, dado que vivían mis padres en alquiler desde hacía 40 años. Después de pagar mas de la mitad pedí un crédito hipotecario, que pagamos durante el matrimonio 5 años y posteriormente seguí pagando.
Pregunto: En el juzgado se suele admitir una tasación-valoración de la vivienda en el momento del matrimonio?? o hay que tomar el precio de compra, aun cuando éste sea muy inferior al de mercado.
Si no me equivoco, la tasación es a día de hoy.
Según entiendo, ustedes deben liquidar los 5 años que pagaron de hipoteca, ni más ni menos. El valor de la casa es para si ustedes desean venderla, ya que como dice (o da a entender) la vivienda es suya.
Muchas gracias por tu contestación, pero yo me refiero a la valoración de la vivienda en el momento de contraer matrimonio que es cuando empieza la sociedad conyugal en lugar del precio de compra que por las circunstancias que cito fue muy por mucho menos del precio del mercado, de cuya aminoración se beneficia la otra parte que realmente no ha aportado nada a la sociedad, salvo la firma del matrimonio.
Tengo entendido que en algún caso se ha tomado la fecha del inicio de ganancial, lo que pasa que no localizo antecedentes.
Quizá no los encuentre por ser un caso super especial, quizá como el suyo, no sé.
Pero para qué quiere el valor de la tasación de la vivienda?? Le repito, si en gananciales han pagado 5 años de hipoteca, ese es el valor importante, da igual que la vivienda valiera mil que diez mil.
Si el precio de compra es de 100.000 euros y de hipoteca en gananciales pagamos 50.000 euros a la sociedad le corresponde el 50%.
Si en el momento de contraer matrimonio el valor de mercado es de 200.000 euros a la sociedad le correspondería el 25%. Como veras la diferencia es considerable y podríamos estar hablando de estas cifras.
Bueno, vuelvo a decir que si deciden romper la sociedad, la deciden romper hoy, no hace X años, entonces el valor de las cosas es a fecha de hoy.
Lo normal es comprar una casa de 0 una vez casados, ir pagando ganancialmente y años despuésdivorciarse, es decir liquidar. Y es entonces en ese momento cuando se ve lo que vale la vivienda, ya sea para que se la quede uno u otro (y el otro o uno tenga que abonar la mitad del valor a fecha de hoy) o se venda en subasta y se reparta lo que se saque.
Las valoraciones de viviendas las hacen los tasadores. Si aún tiene hipoteca, su banco le puede mandar a uno.
Y lo paga el que quiere liquidar, el otro está a verlas venir.
En mi caso ella es la que inició el proceso, así pues si no hay acuerdo entre nosotros, será ella la que busque al tasador, según le he entendido, la casa está completa pagada por mí. Te agradecería me dijeras algo más sobre ello, pues acuerdo no hay. Si me lleva a juicio, el juez puede pedir un tasador del juzgado para resolver ésto? Y en cuyo caso pagarlo entre los dos? Gracias por oírme.
Nuestro consejo es que Vd. se busque un tasador, sobre cuanto hubiera costado la vivienda en el momento de su compra, si no hubiera concurrido la circunstancia especial que cita. Ese dato es importante, porque el porcentaje que supuso la hipoteca sobre el valor total de la vivienda, variará en función de dicha tasación.
En segundo lugar, si la vivienda constituyó domicilio familiar, su ex es propietaria (ojo, propietaria) del 50% del porcentaje de vivienda pagado durante el matrimonio. Es decir, la liquidación no consistiría en abonarle la mitad de las cantidades pagadas, sino que habría que ir a precio de mercado, aplicar ese precio al porcentaje que supuso la hipoteca durante los 5 años, y la mitad sería la deuda que tendría con ella. Como ve esto enlaza con la tasación inicial de compra. No el precio pagado, sino cuanto supuso la rebaja en función de la circunstancia de que sus padres fueran los inquilinos.
Por otra parte, no dice la finalidad del prestamo hipotecario. Si no fué pagar en parte la vivienda, la contestación es totalmente distinta.
Hola 1996, el precio de compra es uno y el precio al inicio de la sociedad conyugal otro. Yo me refiero a si se podría utilizar este segundo (lo veo más justo), pero no leo nada que toque este tema. La hipoteca era para pagar los dos últimos plazos del precio acordado en escritura, aunque ambos fueron pagados antes de contraer matrimonio. Parece que la ley perjudica al tonto que intenta ir de bueno por la vida y parece que el beneficio siempre se lo lleva quien piensa en engañarte desde el primer día. Conozco a una, que sin aportar un duro, solo una hija preciosa a quien ha educado como ella ha querido, se va llevar 60 o 70 mil euros por la cara.
Si alguien sabe algo sobre la valoración de la vivienda en el momento de contraer matrimonio, de donde se tomará el porcentaje de propiedad de la sociedad conyugal que me lo diga.