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Valoración o tasación de inmuebles a efectos del impuesto de sucesiones.

2 Comentarios
 
08/09/2016 12:58
Anónimo
Buenos días,

La valoración de la Comunidad de Madrid es el importe mínimo. Puede establecer un importe superior, si los herederos están de acuerdo.

Si necesita nuestra ayuda puede contactarnos.

Quedo a su disposición,
Marina (Abogada de Madrid).
07/09/2016 21:17
Anónimo
Si se tributa en Madrid, la valoración que da la Comunidad es válida, salvo que no estés de acuerdo y utilices los procedimientos previstos para que prospere otra.
Valoración o tasación de inmuebles a efectos del impuesto de sucesiones.
perfil Anónimo
06/09/2016 22:11
Quisiera saber si la tasación de un inmueble, para el Impuesto de Sucesiones, es el que figura en el catastro o es distinto al que da la Comunidad de Madrid.