Buenas tardes, soy nuevo en este foro y abro este tema porque me gustaría saber cómo se debe de valorar los efectos que denuncian ante la Policía o la Guardia Civil como sustraidos, ello para determinar por ejemplo si un hurto es una falta o un delito, así como si se valoraría por el precio que le costo al denunciante en su dia o el precio de reposicion.
Os pongo un ejemplo, se sustrae de la calle una bicicleta que hace seis años al denunciante le costó 500 euros, y esa misma marca de bicicleta si tuviera que comprársela ahora le costaría 600 euros.
En principio la diferencia entre hurto y robo no radica en el valor de lo sustraído, sino en el uso de fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas. En la práctica los Juzgados consideran el valor que venga reflejado en al factura de compra, y caso de haber discrepancias intervienen tasadores.
Gracias por tu aportacion Tripoli. Yo me refiero al hecho de que sea un hurto y haya que valorar los efectos sustraidos. Mi duda es si se valora por lo que costo en su dia, o por lo que costaria a fecha de la sustraccion , o como se tasaria en ese momento. Imagina la sustraccion de herramienta industrial, de construccion, etc. Gracias por vuestras aportaciones.