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Valoración de méritos en convocatoria pública

2 Comentarios
 
Valoración de méritos en convocatoria pública
23/09/2011 20:55
Hola, me gustaría si alguien puede aclararme un tema sobre valoración de méritos de una convocatoria pública.
En un Ayuntamiento va a salir una convocatoria, en la cual los diplomas a baremar tendrán que ser de la siguiente forma: " Cuando el curso excediera de 100 horas formativas, la certificación o diploma deberá contener igualmente el programa o módulos formativos con indicación de las horas parciales correspondientes a cada uno de ellos para su posterior valoración"
Es decir, los diplomas normalmente en su dorso indican los módulos o partes del curso, pero muchos de ellos no figuran las horas de cada parte de ese curso. ¿Es eso legal? Un curso impartido por ejemplo por el mismo INEM...¿no lo van a baremar porque en su dorso no figuran las horas parciales de cada módulo del curso???
26/09/2011 14:33
En principio la Administración tiene libertad en la baremación de méritos. El límite es que no sea incompatible con los principios de igualdad, mérito y capacidad. Los méritos a baremar deberán tener relación objetiva con el puesto a desempeñar. Con carácter general no existe una regulación detallada de qué méritos y cómo valorarlos para el acceso a la condición de personal funcionario o laboral al servicio de administración local. Si las bases respetan la conexión de los méritos a valorar con el puesto y por lo tanto se estima que no son recurribles, entiendo que podrías solicitar que por los órganos competentes de cada entidad se especificase el número de horas ajustándose a las bases de la convocatoria. Entiendo que podrías adjuntarlo dentro del periodo de subsanación de la solicitud (por si no da tiempo a que te los preparen antes). Salvo mejor criterio
27/09/2011 18:35
Los méritos normalmente son "un traje a medida" que favorece a alguien, que interesa a alguien.