Supuestamente, aparte del perito judicial, habrán presentado valoración los peritos de las partes.
Si la diferencia es sustancial, se podría impugnar la valoración del perito judicial.
La perito judicial ha valorado en su dictamen unos bienes inmuebles por el método de reposición porque dice que no hay testigos suficientes para valorar los bienes a precio de mercado y ha puesto unos valores en base a ello de 500.000 euros cuando se trata de bienes en ruinas ¿qué hacer?