Necesito urgentemente ayuda.
Acabo de participar en un concurso de méritos a un NCD 25 en la Comunidad de Madrid. Hace 1 año aprobé por promoción interna las oposiciones al Grupo B. Anteriormente, estaba trabajando en la CAM en virtud del art. 55. Mi antigüedad en la Administración es de 18 años y mi NCD 22.
En la valoración de los méritos preferentes-valoración del trabajo desarrollado, se valorará con 5 puntos el desempeño durante 5 años de puestos de nivel inferior al solicitado. Esto se justificará con el certificado de Registro de Personal de la Consejería de Hacienda y para el personal con menos de 5 años en la CAM (mi caso) se deberá aportar, además, el certificado del Registro de Personal de su Administración de origen.
Pregunté en RR.HH. de mi centro de trabajo la puntuación que obtendría en los méritos preferentes-valoración del trabajo desarrollado, y me dijeron que 5 puntos, y que para ello se me tendría en cuenta el certificado de Registro de Personal de la AGE. En él figuran todas mis situaciones administrativas así como la situación de servicio en otras Administraciones-Comunidad de Madrid- en grupo C1 y la excedencia por pase a otro Cuerpo/Escala con la fecha en que tomé posesión de mi puesto actual. Si bien en el certificado de la AGE no figuran detallados los puestos desempeñados en la CAM, al estar ocupando puestos del grupo C, necesariamente son inferiores al nivel 25.
Cuál será mi sorpresa cuando veo que me han puntuado con 2 puntos en este apartado y en lugar de quedar en primer lugar, me he quedado fuera. Se supone que tendría que haber aportado, además, certificado del Registro de Personal de la CAM en situación distinta a la de servicio activo y no solo la del servicio activo. Encima, en unos meses, consolidaría directamente el nivel 25.
He redactado un escrito de alegaciones basándome en la vulneración del art. 35 de la Ley 30/1992 y en los Reglamentos de los Registros de Personal, tanto de la AGE como de la CAM. Creo que esta situación me deja en total indefensión. No entiendo que no se valore la información contenida en el Registro Central de Personal de la AGE cuando hasta que no he tomado posesión del Grupo B, en realidad yo pertenecía a la Admón. del Estado y la información de la CAM es la que esta Administración le ha proporcionado al Estado.
Agradecería asesoramiento sobre qué posibilidades tengo de éxito, si deberé seguir al contencioso, si debería ir antes a los sindicatos,.... o si me va a dar igual haga lo que haga.
Muchas gracias y perdón por la extensión.