Estimo que debe haber una norma por la cual se regula la emisión de esos informes técnicos, posiblemente sea una norma específica; es probable que exista una orden o instrucción emitida por el órgano competente al respecto que quizá aclare algunas dudas.
Suele confundirse el ámbito de competencias con la responsabilidad; la responsabilidad, en el plano técnico-jurídico, nace cuando así lo falla un juez; será ese juez quien, a la vista de las pruebas, determine si la responsabilidad alcanza a uno u otros sujetos, hayan o no plasmado sus firmas en el informe.
Por tanto, aconsejo acudir a la norma habilitante.
En caso de que esa norma plantee dudas, es práctica habitual en la Admón. pedir informe al órgano competente a fin de que aclare tales dudas.
Soy Tecnico de una Administracion Publica.
En el ejercicio de mis funciones, emito informes tecnicos, los cuales firmo con indicacion del cargo y nombre.
Dichos informes, llevan en el margen izquierdo, el "Visto Bueno" o "Conforme" del Jefe del Servicio.
¿Que valor tiene, en terminos de responsabilidad, el Visto Bueno o Conforme del Jefe de Servicio, sobre el fondo del informe?.
¿La responsabilidad, se comparte entre ambos firmantes, o el unico responsable es el autor del informe?.
¿Que diferencia hay, entre el Visto Bueno y el Conforme?.