Mi hermano y yo tenemos unos locales en herencia que debemos repartirnos al 50%, y por ello hemos solicitado a un perito una valoración de los mismos.
El caso es que yo ya venía ocupando el local más grande con mi negocio desde hace 26 años (mi única fuente de ingresos). Mi hermano también ocupa otro local más pequeño.
Ahora el perito ha valorado los metros de los locales al precio actual de mercado, pero ha añadido a dicho precio el valor de la terminación de obra de los mismos, con lo que mi local se ha incrementado en 15.000 € y el de mi hermano en 5.000 €.
Debo aclarar que por circunstancias difíciles de explicar aquí yo pagué en su día ambas terminaciones de obra.
Ahora mi hermano dice que no tiene que descontarme nada, pues yo ya he disfrutado de esa obra todos estos años y que sólo deben contabilizarse como valor incrementado de los locales.
¿Alguien podría decirme si tengo derecho a descontar la mitad del valor de las terminaciones que yo pagué?
Por favor, que alguien que entienda de esto me oriente, porque lo estoy pasando muy mal, ya que creo que es una injusticia y quiere aprovecharse de lo que un día me costó mucho esfuerzo.
El problema que yo veo aqui es que estais confundiendo un tema hereditario con un tema de propiedad/accesion.
Hasta que murio el dueno de los locales (tu padre? tu madre?) los locales eran de esta persona. Ni tuyos ni de tu hermano.
Tu y tu hermano estabais disfrutando de estos locales, y como usuarios, usufructurarios, inquilinos o lo que sea, hicisteis las obras (en un local que no era vuestro, ojo). Si las obras las pagaste tu, y nunca reclamaste nada al dueno del local, o al ocupante que se beneficio de las obras, ya se te ha pasado la accion para reclamar (15 anos). Ya se entiende que las obras han pasado a formar parte del local, y por eso se ha valorado el local teniendo en cuenta las mejoras.
El tema no es sencillo, y puedo haberme equivocado al tomar en consieracion las fechas. Para mas seguridad, te recomiendo que vayas a ver a un abogado con las facturas de las obras (para ver la fecha y el coste), las escrituras de los locales (para ver a quien pertenecian) y algo que demuestre quien utilizaba cada local desde cuando y en que capacidad. Y a ver que se puede hacer...
Gracias por tu respuesta, alcanta, aunque las cosas no son exactamente así.
Yo ocupo mi local desde 1985. Mis padres me dijeron que sería para mí, pero mi hermano ocupó mi trastienda para poner una oficina aludiendo que tenía el mismo derecho que yo. Así fue cómo me quedé sin una parte del local.
Transcurridos 10 años mi padre convenció a mi hermano de que me devolviera la trastienda con la condición de que yo le obrara otro local tomando terreno del patio de la casa de mis padres (lugar donde están ubicados los locales).
Mi hermano accedió y yo hice las obras tanto de mi tienda como de la nueva oficina de mi hermano que sufragué por completo al pensar que los locales serían definitivamente para nosotros sin más compensaciones ni nada. ¿Qué iba yo a reclamar?
Ahora mi hermano, lejos de lo que mi padre me tenía dicho, quiere que le pague la diferencia de metros cuadrados y además el aumento del valor por las obras realizadas, aunque éstas las haya costeado yo. O sea, tendré que pagar dos veces por lo mismo, y se lo tendré que pagar a quien nada puso.
Un amigo me ha dicho que no tengo derecho a descontar el valor de terminación de mi tienda, ya que ésta la he ocupado yo, pero sí tengo derecho a exigirle a mi hermano que me descuente el valor de las obras hechas en su local, pues ese no lo he usado yo.
¿Está mi amigo en lo cierto?