Absuelto de pornografía infantil porque la Policía no aportó el material incautado
http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/828132/absuelto/pornografia/infantil/porque/la/policia/no/aporto/material/incautado.html
¿Por qué ha tenido que pasar por la pena del banquillo este internauta? ¿Por un criterio policial erróneo?
Esta persona fue detenida en 2008 en la macro operación contra la pornografía infantil en las redes P2P, denominada Carrusel en la que fueron registrados 210 domicilio, detenidos 121 y 96 imputados en España. Otros tantos fueron detenidos en Latinoamérica, que también han sido absuelto de todo cargo http://efiebig.wordpress.com/
El listado de IP públicas detectadas en un rastreo realizado por la Policía Federal Brasileña, sin ningún tipo de control judicial y con un programa no homologado por ningún organismo, fue el único indicio para justificar al estamento judicial español los masivos registros domiciliarios.
No medió ningún tipo de investigación adicional previa sobre los detenidos en España, sirviendo el testimonio "técnico" de los agentes brasileños para que un Juez ordenara los registros domiciliarios.
La BIT realizó una rueda de prensa y presentó a los detenidos como pedófilos, bajo el principio de la presunción de culpabilidad.
Mientras nuestros agentes lucen orgullos una medalla otorgada por Unicef por su labor titulada "Los niños primero", a costa del fusilamiento de internautas inocentes, los pederastas (abusadores sexuales infantiles), campan a sus anchas, en el entorno cercano del niño, lejos de internet.
Lo que ha habido es un error en la instrucción policial, al no haberse aportado las imágenes que sí fueron intervenidas en los ordenadores, así como judicial en la fase de instrucción, por no haberlas exigido.
Pasaron por la pena de banquillo porque existian elementos bastantes para someterlos a juicio, que no fueron suficientes para condenar debido a los errores citados.
Dudo mucho que la BIT en la rueda de prensa hiciese mención ninguna a la presunción de culpabilidad. De hecho se limitaron a presentar hechos objetivos: La detención de X presuntos paidófilos por supuesta tenencia de pornografía infantil.
Paidofilia: Atracción erótica o sexual que una persona adulta siente hacia niños o adolescentes.
Paidófilo: Que siente esta atracción o que la lleva a la práctica.
La sentencia absolutoria no se dicta basada en la inocencia de los juzgados, sino en que no se aportaron las pruebas a la causa. Aunque lo obvies, hasta el propio enunciado del link lo dice.
Una cosa es ser inocente y otra muy distinta que no se pueda probar la culpabilidad. Dígolo para aclarar conceptos, no para sugerir que alguno de los juzgados pudiera ser inocente, aunque cierto es que me inclino en general a pensar lo contrario.
Por último, y ante las reiteradas alusiones que haces en tus posteados relativas a la ausencia de "investigaciones adicionales previas sobre los detenidos", te informo de que tales investigaciones, de practicarse, no aportarían nada a la causa, ya que los paidófilos no van por ahí en su vida pública con los bolsillos llenos de imagenes de niños abusados, ni las ponen como fondo de escritorio en el ordenador de la oficina, ni se jactan de su afición en los bares, ni se intercambian material en las esquinas como si fueran narcotraficantes.
La tenencia de pornografía infantil suele circunscribirse al ámbito más íntimo de la persona, a su domicilio, con las raras excepciones de algún que otro caso conocido de personas con enfermedades mentales que no se escondían.
Tanto es así que conozco casos de matrimonios largos en los que la esposa ignoraba por completo que su marido, padre además de niños pequeños, guardaba un arsenal de basura en casa. Te avanzo de otras consecuencias sobre el particular: Se puede ser condenado o se puede ser absuelto, pero para los casados el divorcio y la pérdida de la custodia de los hijos y sin régimen sin visitas es algo más que posible. Algún caso he conocido también.
Puedes añadir esta circunstancia a la lista de males que acechan a los supuestos paidófilos.
"Amo a mis hijo" yo también, si me ciño a lo que dice la Real Academia como ha hecho Paleg, podría entener por pederasta, a un padre que "ama" a su hijo, pero le aseguro que si quiera lo pienso.
Paleg, la Real Academia lamentablemente contiene errores de significado, y este caso (paidófilo) sin duda es un error. Pero claro, quién soy yo para decir nada a los reales académicos.
Si quereis meter en un mismo saco a quienes padecen esa parafilia (sienten pero no actúan) y los que abusan sexualmente de un niño, empecemos por decir que los abusos sexuales infantiles (los que actúan) ocurren principalemnte en el entorno cercano del niño, lejos de internet ¿declaramos como sospechosos a todos los padres "por si acaso"?
Para aclarar tu duda, te invito a que veas y escuches la rueda de prensa organizada por la BIT en la reciente operación NordicMule. ¿encuentras la presunción de inocencia por algún lado?
http://www.youtube.com/watch?v=XSjoyAzwnac
El Comisario Jefe se hizo acompañar por los dirigentes de dos ONG protectoras de la infancia en Internet, mezclando deliberadamente a los detenidos P2P con pedófilos que contactan con menores o que hacen apología de la pederastia.
Nótese cómo Guillermo Cánovas, única cabeza visible de Protégeles, solicita públicamente la penalización de la apología de la pedofilia, cuando lo que debería solicitar es la penalización de la apología de la pederastia (delito).
Asumo que tú crees que yo y otros tantos como yo, no hemos sido declarados inocentes, limitándote a pensar que no se ha podido comprobar nuestra culpabilidad. Asumo que para ti y para otros muchos, hemos sido socialmente condenado a perpetuidad.
Me parece bien que expongas casos concretos que conoces, yo también puedo exponer otros tantos en sentido contrario. Si te parece bien, centrémonos en el debate jurídico y técnico.
Entrar en un domicilio español en base al único indicio consistente en la aparición de una IP pública en un metadato obtenido en un rastreo P2P desde Brasil, con un programa no homologado y sin control judicial... es una barbaridad!
Paleg, por cierto te equivocas en tu descripción de lo sucedido en el caso que expongo.
Según narra la noticia, los agentes no hallaron los archivos rastreados. Para darte un dato, en la Operación Carrusel se marcaba a los usuarios que aparecieran con más de 3 rastros. A este internauta se le hallaron dos archivos que la policía calificó "a simple vista" como "contenido pedófilo, sin concretar más".
La acusación se fundamentó en el suceso remoto ocurrido desde Brasil, y no en lo hallado en el equipo del internauta.
Resultado, internauta condenado a sufrir las consecuencias de la condena de banquillo para finalmente ser ABSUELTO.
"Amo a mis hijos", me pregunto qué pasaría si un detenido P2P usara ese nick... ¿saltarían las alarmas?
En otro ámbito, en el de las descargas P2P de contenidos protegidos por derechos lucrativos de autor, se libra una batalla similar:
P2P : Culpables hasta que se demuestre lo contrario
http://www.adslzone.net/article4861-p2p--culpables-hasta-que-se-demuestre-lo-contrario.html
Ni que decir tiene que la IP pública no determina al infractor P2P, identifica al titular de una conexión (el que paga la factura).
Detrás de una IP pública pueden existir uno o varios ordenadores, uno o varios eMules, uno o varios usuarios, tu vecino robándote la Wifi, un troyano compartiendo algo que desconoces, etc...
Insisto, cómo se puede sustentar una acusación en base únicamente a que la dirección IP pública aparezca en un metadato?
Mi nik, hace referencia a lo mucho que quiero a mis hijos, de los cuales ostento la custodia monoparental desde hace muchos años. aclarado este extremo "supongo", me interesaria saber, porque todos sus post tratan siempre del mismo asunto, ¿ha sido usted imputado en supuyestos parecidos al que habitualmente expone por aqui?, es que si no es asi no entiendo su insistencia en el tema, ¿ lo comprende verdad?
Un saludo.
Efectivamente, fui detenido en el año 2006 en el marco de una operación de la BIT.
El único indicio para entrar en mi casa fue UN RASTRO P2P (ni dos ni diez... uno), que no fue hallado en mi casa. A pesar de eso, un agente catalogó a simple vista actrices porno como menores. Una médico forense, a ojo de ¿buen? cubero como la calificó el juez, determinó incluso que entre esas actrices porno habían niñas de 10 años. La pesadilla acabó casi cuatro años después, he sido absuelto.