Segun la Ley del Suelo, en un expediente urbanistico, el informe tecnico debe ser hecho por funcionario de carrera del correspondiente Ayuntamiento.
Dicha ley, dice ademas, que en caso de que la Corporacion Local, carezca de funcionario de carrera cualificado, debera hacer uso de los servicios tecnicos de la Diputacion.
¿Seria entonces valido, informes tecnicos realizados por personal tecnico con contrato laboral, de asistencia tecnica, o cualquier otra relacion con la Administracion Local, que no sea de funcionario de carrera?.