Si pero creo que la Ciudad Autónoma de Ceuta No tiene transferido las competencias sobre esta cuestión y no puede emitir Órdenes como la Comunidad Autónoma de Andalucía o Cantabria que publica este coeficiente multiplicador por población .Creo que lo lleva la Agencia Tributaria pero no lo encuentro.No se sí ir al Registro de la Propiedad de Ceuta.
Muchas gracias de todas maneras.
fjdi67
Caso de que no lo puedas obtener on line, puedes solicitar el valor a efectos fiscales por escrito dando la referencia del inmueble para que puedan identificarlo.
El problema más gordo lo tiene la compradora, tú no tienes motivos de preocupación ya que tributarías solamente si hubieras tenido una ganancia patrimonial. Pero si vendes por 86.000 y lo compraste por 90.000 tienes una pérdida patrimonail que podrás restar de ganancias patrimonailes presentes o futuras (durante 4 años). Eso sí, tendrás que pagar la plusvalía municipal, supongo que ya te lo habrán dicho en la notaría.
En cuanto a la compradora, lo normal es que pague el Impuesto de Transmisiones según el precio pagado que será el precio de escritura, aunque posteriormente Hacienda le pida más en función de ese valor fiscal, pero podrá recurrir a la peritación contradictoria.
Ok. Gracias. El coeficiente multiplicador para Mérida es 1.52 y no 1.9 como me dijeron, por lo que el valor fiscal de la vivienda es de 125.000€ aprox. Yo voy a vender el piso en 86.000€ y la compradora lo va a escriturar también en 86.000€. Mis dudas son:
1) la compradora puede escriturar el piso en un valor superior a la compra?
2) el ITP que lo paga la compradora es el 8%, pero del valor de escrituración o del valor fiscal?
3) yo como vendedor tengo que pagar a hacienda el 24% de la diferencia entre valor fiscal y valor de escrituración?
Hola! Soy nuevo por aquí. Tengo una duda tremenda y me agobia bastante. A ver si me podéis ayudar. Os cuento:
Voy a vender un piso. Lo voy a vender por 86.000€. Ya nos han dado la fianza y hoy hemos ido a la Notaría y nos han explicado lo del valor fiscal. Resulta que:
Valor catastral: 82.000€ x el coeficiente (1.9) -- sale un valor fiscal de 157.000€.
Precio de la vivienda en la escritura cuando lo compramos: 90.000€, con lo que la diferencia es de 67.000€ (entre precio de escritura y valor fiscal).
A mí me quitaría hacienda un 24% de la diferencia (67.000€) que serían unos 16.000€!!!!!!!!
Y la compradora pagaría un 8% del valor fiscal (157.000€) que serían unos 12.000€!!
Eso es así??? Como no podemos subir el precio de escritura (90.000€), nos han dicho que tenemos 2 opciones para bajar el valor fiscal y que tengamos que pagar menos:
A) Bajarlo así sin más
B) Tasar el piso para en vez de poner el valor fiscal, poner el valor de tasación
En ambas opciones nos pueden revisar en un futuro y meternos un paquete!
Por favor necesito ayuda!! Esto es realmente así? El de la Notaría me dice que se toma de referencia el valor de mi escritura, por lo que yo lo escrituré hace años cuando lo compré. No sería el valor de escritura que le dé la nueva dueña a la que se lo voy a vender?
Gracias