El valor real. Y ahí está la ambigüedad y puedes hacerlo un poco según te interese (por ejemplo si después lo vas a vender o no) poniendo el valor que quieras, dentro de límites razonables de mercado, con un mínimo que es el valor real obtenido a partir del valor catastral actualizado (un multiplicador sobre el valor catastral que aparece en el IBI que publica el gobierno en función de la vivienda).
Las comunidades autónomas suelen tener calculadoras online para bienes inmuebles urbanos, solo necesitas el último recibo del IBI y meter los datos. De ahí hacia arriba según si vas a venderlo, extinguir la copropiedad después entre hermanos, y tal.