Si se trata de un menor no nacido en España y que lleva en España al menos dos años, el procedimiento a seguir es el de autorización de residencia para menor de edad no nacido en España previsto en el Reglamento de desarrollo de la Ley de Extranjería. La tasa a pagar es de 10,83 euros. Use el impreso código 052, modelo 790 y marque la casilla 2.1 (autorización de residencia temporal) y se autoliquidará.
Si el menor ya tuviera un NIE asignado, puede pagar la tasa antes de la cita de presentación de la solicitud.
NOTA IMPORTANTE.- Lo anterior es para el caso del menor no nacido en España que llevara al menos dos años en España. Si fuera el caso de un menor no nacido en España que ha llegado como reagrupado por el progenitor residente legal en España, corresponde solicitar directamente la tarjeta de identidad de extranjero en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía y la tasa a pagar es la de expedición de tarjeta de identidad de extranjero.
Hola , quisiera saber que valor tiene la tasa para el tramite de Residencia a menor no nacida en España y si la menor tiene ya un nie asignado se puede pagar antes de acudir a la cita? Gracias