Hola a todos. Cuando hay que calcular la ganancia patrimonial por venta de un inmueble la ley del IRPF establece que como valor de transmisión se podrá el efectivamente satisfecho salvo que sea inferior al valor de mercado en cuyo caso prevalecerá este último. Alguien podría decirme cuál es ese valor de mercado o cómo se calcula por parte de la Administración Tributaria Estatal.
Muchas gracias