Os quería consultar lo siguiente ya que estoy muy pez en tema de concursos.
Tengo el valor de concurso y el valor de mercado de un inmueble que figuran en el informe del administrador concursal de una empresa (estamos en fase común). Mi cliente está muy interesado en la adquisición del bien y querría saber cual es la cantidad mínima que se puede ofrecer al administrador concursal.
El bien tiene una hipoteca, por lo que me imagino que el banco tiene un crédito de privilegio especial sobre el mismo, ahora bien, el valor de esa garantía si no lo he mirado mal es el que deriva de calcular nueve décimas partes del "valor razonable" del bien, pasando a ser crédito ordinario el resto de la deuda (en caso de que la deuda supere el valor del bien). Si no me equivoco el banco no estaría interesado en la venta ofreciendo una cantidad menor a la que se corresponda con el privilegio especial.
Mi duda es la siguiente. Esas nueve décimas partes se calculan sobre el valor del mercado, o sobre la valoración del bien que figura en el informe? (ésta última es 9.000€ inferior).
Aviso que no tengo acceso al informe, éstos datos los obtuve por terceros.
Muchas gracias y agradezco vuestras respuestas de antemano.