Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Valor catastral elevadísimo

2 Comentarios
 
21/05/2007 13:40
Puedes acceder a la Oficina Oficial del Catastro de la Provincia, a efectos de revisar el valor catastral del inmueble, por si existe un error y comprobarlo con edificaciones similares de la misma zona.
Con respecto a la cuota de aplicación del Ayuntamiento, tienes derecho a que te muestren la correspondiente Ordenanza Fiscal en vigor. De estar correcta, ese tema no se podrá solucionar sino a nivel político, realizando contacto con concejales de la oposición.
Desconozco si dicha cuota, tiene algún tope máximo, que haya sido superado por el Ayuntamiento. Esto también te lo puede aclarar en el Catastro.
20/05/2007 16:20
Si no puedes hacer frente al pago, en periodo voluntario puedes pedir el fraccionamiento de la deuda, aportando los documentos pertinentes que te soliciten. También podrás estipular los plazos del pago. Si el mismo es aceptado con los plazos que hayas solicitado u otros diferentes que entienda la administración, sólo deberás abonar la deuda mas el interés legal del direno (5%). Ley General Tributaria 58/2003 y el reglamento que la desarrolla.
Valor catastral elevadísimo
16/05/2007 20:21
Buenas tardes, en el año 2.001 adquirí una casa de
nueva construcción a un promotor por importe de 24.650.000 ptas. (148.144,48 €) para destinarla a vivienda habitual. La financiación la efectué mediante cuenta vivienda y préstamo hipotecario. En los siguientes ejercicios aboné el IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES por unos importes aproximados entre 650 € y 980 €. No obstante y al haber revisado el Valor Catastral de mi población en el año 2.006, este se ha incrementado a 184.350 €, que sirve de base imponible para el cálculo del I.B.I.
Resulta que el ayuntamiento aplica el tipo del 1,10 % a los bienes de naturaleza urbana, por lo que el
recibo correspondiente al ejercicio de 2.007, se me
girará por importe de 2.027,85 €. Como soy Funcionario de la Administración del Estado con un sueldo que apenas supera los 1.000 € mensuales, a pesar de llevar 25 años de servicios, no se como podré saldar el importe de dicho recibo, por lo que agradecería si alguno de ustedes me puede orientar, ya que pienso depositar en el Juzgado el
valor medio del recibo del I.B.I. de mi localidad, alegando que estimo que alcanza caracter confiscatorio. Muchas gracias