Listo para proceder a pagar el ITP por la compra de una vivienda, resulta que el modelo 600 incluye una casilla en la que hay que incluir el valor catastral. Por lo que dijo el notario, el valor de compra es superior al valor catastral, aunque en su documento no pone este valor. ¿Pasa algo si no se incluye en el modelo 600 ese valor catastral, si el impuesto que se paga es correcto por estar el valor de compra por encima? ¿Puede sancionar la Administración por no poner ese dato que ella misma ya tiene?