Hola. Efectivamente es conveniente obtener la cédula urbanistica. No obstante, normalmente este es un acto sujeto a licencia urbanistica, y esta se te concederá si tu actuación es conforme con las normas de planeamiento urbanistico del lugar donde radique el inmueble y en todo caso de las leyes urbanisticas autonómicas y estatales. En tu pregunta proporcionas pocos datos y la normativa varia según que zona. De todas formas, ya te digo, que si solicitas la correspondiente licencia urbanistica para vallar en el ayuntamiento, serán los técnicos municipales los que se encargan de decirte si puedes o no vallar en la correspondiente resolución administrativa, es decir, si tu actuación es conforme o no a derecho. Dicho sea esto salvando siempre mejor criterio fundado en derecho. Un saludo.