Muy buenas a todos, como explico brevemente en el asunto. Pretendo hacer una reclamación administrativa a un ayuntamiento de una localidad en la provincia de Castellón y a ver qué me recomendáis como mejor camino a seguir, que el administrativo por desgracia no es mi fuerte.
El caso es que unas vallas mal ancladas provocaron que un buen amigo cayera al suelo rompiéndose una pierna. Lleva varios meses de baja también como consecuencia de una negligencia médica en un hospital público.
A día de hoy el vallado sigue en mal estado, tenemos fotos, pero claro, nos da miedo que llegue un ñapas del Ayuntamiento y lo ancle bien, entonces mi duda, puede presentar denuncia a la Guardia Civil o Policía Nacional de otra ciudadd para que se recoja en un atestado el estado deficiente de estas vallas?, en la reclamación que hago, cómo cuantifico los daños si a día de hoy sigue de baja?, y por último, que no quiero abusar de vuestra paciencia....todo esto es compatible con una reclamación al Servicio de Salud por el mal funcionamiento en cuanto al tratamiento en el hospital, o es mejor meterlo todo junto?
Vamos por partes, como Jack el Destripador:
- Un modo fehaciente de atestiguar el estado de la zona es mediante acta notarial. Asimismo, busca testigos, y con suerte encontrarás otros afectados.
- Es aconsejable asimismo contar con un informe de la Policía Local. Formula denuncia, y que vayan a hacer informe, del que podrán facilitar una copia al denunciante o a su representante.
- La cuantificación de los daños no podrá efectuarse hasta que las lesiones estén consolidadas = alta médica, con o sin secuelas. Por tanto, por ahora no lo podrás cuantificar y, lo que es más importante, aún no ha empezado a correr el plazo para interponer reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración, que es de un año desde los daños materiales o desde la consolidación de las lesiones. Ojo, los daños materiales sí se producen el día del accidente (me refiero a, por ejemplo, daños en un vehículo).
- Con la información que facilitas, la reclamación por el mal estado del vallado deberá dirigirse contra la administración competente (¿vía en casco urbano? ¿carretera autonómica? lo que sea), y el mal funcionamiento de los servicios hospitalarios, pues contra la que sea competente (normalmente admón. autonómica).
Eso sí: hay que demostrar inequívocamente los daños o lesiones provienen del normal o anormal funcionamiento de la administración, y no de una negligencia propia. Ello implicará, en el caso del hospital, que otro médico contratado por el perjudicado cuestione la atención y tratamiento recibidos por el Hospital. Y créeme, no es sencillo.
Gracias por tu pronta y fundada respuesta basie. En el caso del vallado, es en vía urbana y voy a hacer la reclamación vs. el Ayuntamiento en cuestión. El problema es que vivimos lejos del municipio donde sucedió y ya sabes, nos da un poco mala espina denunciar en la policia local del ayuntamiento o a la guardia civil de allí dado que posiblemente sea sobrino/primo del alcalde en cuestión (ers un pueblo pequeño, lo que no quita que estén asegurados, claro), y no hay mucho dinero en los ayuntamientos en estos tiempos que corren...
Tenemos fotos pero sin poder probar la fecha. Si me voy a la policia nacional de mi ciudad o la G. Civil, ¿requerirán ellos a actuar al respecto a sus compañeros del pueblillo éste?, medio año después de los hechos...
No hay daños materiales, sólo personales. Y contra el Servicio autonómico de Salud,no voy contra un facultativo en concreto, el hecho es que han perdido el expediente y, entre otras cosas, se han tenido que repetir bastantes pruebas en nada beneficiosas para el cuerpo humano y una gran demora en el tiempo
Creo que voy a ir primero a por el tema del hospital y esperar a lo del Ayto. aunque creo que si algo se puede ganar es esto último, no?
Buf, las posibilidades de éxito son un concepto muy indeterminado...Sugiero que acudáis directamente a la policía local o guardia civil del municipio en cuestión (involucrar a más autoridades de otros términos municipales te va a complicar la vida: que te mando documentos, que el competente es el del otro pueblo...). Y en cualquier caso, ya sabes: el acta notarial de presencia va a misa.
Respecto al hospital, intentad agotar primero las reclamaciones "internas" en el servicio de atención al paciente. Otra cosa sería matar moscas a cañonazos.