Buenas tardes. En junta de propietarios ordinaria (debidamente convocada), los que no asisten sin causa justificada, ni delegan su voto en nadie, ¿cómo se interpreta a efectos de voto?; alguien me dijo que su voto cuenta como afirmativo en los puntos del orden del día ¿es cierto?. Gracias.
No, no es cierto.
Básicamente (hay que analizar casos especiales), hay dos posibilidades.
1 Si se necesita mayoría cualificada, tienen 30 días para manifestarse, y si no lo hacen se suman a la mayoría.
2 Si solo es necesaria mayoría simple, no tienen nada que opinar.