Muchas gracias anticipadamente a quienes me contesten a la siguiente cuestión a la que no encuentro respuesta clara en la LPH y que supongo que se rige por normas generales.- ¿Es válido un acuerdo adoptado en una reunión a la que no se convocó a todos los integrantes del colectivo a reunir? ¿Es válida la reunión?
¿Es válido un acuerdo de reunión de vecinos si a algún propietario no se le convocó a la reunión? ¿Cual es el FUNDAMENTO LEGAL de la respuesta a la pregunta anterior? ¿Qué posibilidades de éxito tiene el propietario no convocado de ganar la impugnación judicial de los acuerdos de esa reunión? ¿Y los costes del posible pleito? Lo pregunto por lo siguiente: Me piden por burofax certificado una derrama extra con acta de reunión en la que aprueban el gasto para reparaciones en la escalera. A la cantidad de la derrama me suman el coste del burofax. Sin embargo la reunión no me la han comunicado. ¿Tengo que pagar también el burofax y copias del acta a pesar de que yo desconocía que había una reunión?