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Validez de contrato sobre custodia firmado ante notario.

1 Comentarios
 
Validez de contrato sobre custodia firmado ante notario.
01/02/2017 13:54
Buenos días, me gustaría conocer la validez que tendría un contrato interno firmado ante notario. En este caso en concreto sería de las condiciones de la custodia de un niño firmado por padre y madre biológicos. Se trata de un caso de inseminación artificial por una pareja de amigos. ¿Podría revocarse la custodia fijada en ese contrato interno firmado ante notario en un juicio? ¿podría firmarse el contrato antes de que naciera el niño?
Gracias por su asesoramiento
01/02/2017 14:22
Mariagomezgomez
Sí, podría.
Para la mayoría de cosas importantes, siempre en caso de grave discrepancia entre ellos, será inútil, por no decir inválido. La custodia y todo lo relativo a las relaciones paterno/materno-filiales en caso de desacuerdo o separación deberá estar SIEMPRE supervisado por un juez, que podrán contravenir cualquier decisión de los padres al respecto, incluso mostrándose estos de mutuo acuerdo (por ejemplo puede declarar nulas por injustas cláusulas de un convenio aunque esté presentado por ambos). Por otro lado los derechos de filiación, y las obligaciones de alimentos y demás, son obligatorias. Es decir, no puedes por ejemplo firmar que no tendrás que pasar pensión por alimentos al menor, que no estarás obligado a reconocerle, etc., porque es ilegal, ya que son derechos DEL MENOR que no ha firmado nada de eso. E incluso en el caso de ser acuerdos únicamente a decisiones en mano de los adultos, el interés superior del menor prevalece sobre estos en caso de conflicto con ellos. Por ejemplo una custodia compartida que se hubiera acordado es un acuerdo legítimo y que obliga en lo sucesivo (igual que si se acuerda en convenio en una separación de mutuo acuerdo: es lo que se hará si el juez no tiene causa justificada para oponerse), pero ese acuerdo podría no prevalecer ante una alteración de circunstancias posterior que justificare que la custodia se asignara a uno de los progenitores en exclusiva, o en el caso de que un juez encontrara causa justificada para oponerse aduciendo al interés del menor (qué sé yo, que le metan a uno en la cárcel, desaparezca unos años, tuviera problemas de drogas, no sé).
Si las circunstancias pasado un tiempo fueran las mismas que en el momento de la firma, y no hubiera ninguna razón que lo desaconsejara, "supongo" que podría considerarse válido lo acordado ante notario (e igual en documento privado), al mismo nivel que un acuerdo entre ambos alcanzado en la elaboración del convenio, que sólo se puede modificar alegando un cambio sustancial de las condiciones que afectan. Pero "garantía" de que habrá de ser siempre así, en el futuro, aunque se alteren las circunstancias, no.