Envíamos a una arrendataria un burofax para dar por resuelto contrato de arrendamiento por terminar la prórroga de tres años el 30 de setiembre de 2010, una vez concluído los 5 legales (es decir la duración del contrato es de 8 años).
El error que se produjo, cuando en el escrito, si bien le comunicamos que se da por terminado el contrato de arrendamiento de fecha 30 de setiembre de 2003, le requerimos a que desaloje la vivienda antes de la expiración de dicho plazo (1 mes ) , a lo que nos contesta que la desalojará el 30 de setiembre de 2010.
Por supuesto, ha pasado el 30 de setiembre 2010 y nadie ha desalojado nada.
¿Valdrá el burofax envíado por el arredandador para entender resuelto el contrato? La demanda la presentaremos ya pasado el 30 de setiembre de 2010. Entiendo que aceptamos tácitamente el día en que efectivamente tiene que abandonar la vivienda, pero resuelto ha quedado.