Mi pregunta es muy concreta: cuando no hay una normativa que prohíba (o permita) hacer algo... este algo es posible hacerlo o es motivo de infracción?
El caso concreto es sobre educación:
La ley vigente no regula el hecho de que dos o mas profesores impartan una misma asignatura a un mismo grupo de alumnos (es decir, que por ejemplo un trimestre la imparta un profesor y otro trimestre otro... aunque si que promueve y fomenta el trabajo en equipo del profesorado. El inspector de educación nos dice (literalmente) que "en derecho administrativo lo que no esta regulado no es viable..." Es así? O basándose en lo que dice la ley sobre el trabajo en equipo podría ser viable? Además, no es nuestra programación didáctica (en la especificamos de que manera se hace ese trabajo en equipo) una forma de "regulación" de ese vacío?