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Vaciar cuenta corriente para lucro personal

1 Comentarios
 
08/04/2014 05:11
Saludos
desde luego que por lo que cuenta la conducta del que llama viudo es perseguible; el tipo delictivo del codigo penal dependerá de la precisión en la que hayan sucedido los hechos, pero está usted en lo cierto que así, a primera vista es un supuesto de apropiación indebida; realizando la correspondiente advertencia le podrá presionar para que realice todo el inventario y demás que indica.

cualquier comentario, si lo desea
priore@icab.es
Vaciar cuenta corriente para lucro personal
07/04/2014 23:26
En una herencia, una sociedad limitada, junto con lo personal se supone que tambien entra en el inventario de la herencia, pues el matrimonio estaba en gananciales, fallece la esposa.
Tiempo despues se comprueba que una cuenta corriente de la S,L. en la que habia mas de 300.000 euros ha sido vaciada y ese dinero apropiado por un unico socio(el viudo), para no tener que figurar dicha cantidad en el avaluo de la misma.
ese dinero ha ido a parar o bien debajo del ladrillo o no se sabe donde.
la cuestion es que el dinero a desaparecido.
que se puede hacer. Denunciar por apropiacion indebida? por levantamiento de bienes de la herencia?
a todo esto el viudo se niega a hacer inventario, avaluo y reparto.
que hago?