1- La empresa no es NADIE para imponerte las vacaciones. Las vacaciones se fijan de común acuerdo entre empresario y el trabajador. Si no estás de acuerdo, puedes interponer una reclamación, que es preferente y se ven antes que las demás.
2- Si en tu convenio está estipulado que las vacaciones son por días laborables, la cuenta empezaría el día 17.
3- Si en tu convenio está estipuldo que las vacaciones son por días naturales, igualmente yo entendería que empezarían el día 17. Si no, a cualquier trabajador de lunes a viernes le podrían decir que sus vacaciones comienzan en sábado, con lo que siempre perderían dos días.
En resumen, que lo denuncies que probablemente, y casi seguro en caso de duda, el juez fallará a tu favor.
En mi empresa (jardin de infancia), pretenden que inicie mis vacaciones el dia 15 de Agosto, con lo que siendo éste domingo y el 16 festivo por traslado del 15, a mi modo de ver, perdería 2 dias de vacaciones. ¿Es esto legal?