¡Hola!tengo una duda referente al tema de las vacaciones.Me pertenecen 30 días de vacaciones,pero por motivos de la empresa no me los dieron todos seguidos,así que cogí 15 días en mayo y ahora en octubre me dan los 15 días restantes.En mis primeros 15 días de vacaciones,el día q. tenia q. volver a trabajar era domingo y no se trabajaba,así que entre al siguiente día laborable que era lunes.Ahora me dicen q. sólo me corresponden 14 días de vacaciones pq.me correspondía entrar ese domingo y al no trabajarse entre el dia siguiente.¿Es esto así de esta forma?¿Pierdo 1 día de vacaciones pq. el día q. me correspondía entrar cayó en domingo y entré el lunes?Quisieran q. me orientaran,quiero irme de viaje en estas vacaciones q. me correspondan y saber si ese día me corresponde,es imprescindible.Muchas gracias.
Hola, legalmente no te lo pueden quitar ese dia, pero la empresa puede no dartelo, por lo que solo te quedara establecer demanda ante el juzgado de lo social
És cierto que la regulación legal de las vacaciones es muy escasa y nada dice a este respecto, pero la jurisprudencia ha asentado unas bases o reglas que pretenden regular esta cuestión. Una de ellas, hace referencia a que tanto el día de inicio, como el día de regreso, deben ser días hábiles, y no deben coincidir con los días de descanso acumulados por el trabajador.
Por tanto, sí hace bien la empresa cuando "le cuenta el domingo" como día de vacación. (Imaginaros el caso contrario, que la empresa le diga a un trabajador que su fecha de inicio de las vacaciones es un sábado o un domingo, ilógico, verdad?)
Hola arcasado, veamos si una empresa da a un trabajador 15 dias de vacaciones, pues son 15 dias de vacaciones, no puede contar 16
Hay jurisprudencia al respecto de vacaciones fraccionadas que terminan en viernes, el sabado no es laborable en la empresa y la jurispruedencia ha condenado a la empresa a no contar el sabado y domingo como vacaciones, ya que el trabajador aunque se tenia que reincorporar el sabado no podia hacerlo por no ser laboral en la empresa
Y sino aplicamos la cuenta de la vieja, si le aplicamos un dia mas de vacaciones deberemos contar la jornada anual que realiza y posiblemente si el calendario esta bien hecho realizara 8 horas de mas