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Vacaciones

2 Comentarios
 
11/12/2003 20:12
Me parece que me he expresado o se me ha entendido mal.
Vamos a ver:
El tema o cuestion que preguntaba es el siguiente:
1) Convenio Metal de barcelona.
2) A partir de hace 2 años, la empresa , en las nuevas contrataciones, va poniendo en el contrato las vacaciones en los meses mayo, diciembre, noviembre,etc... fuera de los meses de verano.
3) Como no es una decision unilateral, ya que es un contrato entre el empresario y el trabajador pues me imagino que sera legal.
4) El tema viene porque la gente se queja, (cada vez son más), porque las vacaciones son fuera del verano, y mi pregunta es si se puede hacer algo para cambiar las vacaciones por lo menos a algo mas decente como puede ser el periodo de verano o si por el contrario, la empresa puede hacer esto.
Hay que tener en cuenta que la empresa no puede alegar que en unas fechas tenga más faena que en otras, por lo que es facilmente deducible que lo unico que busca la empresa es la flexibilidad.
Es por eso que preguntaba si habia alguna jurisprudencia sobre este hecho o si hay que conformarse con las vacaciones en esos meses tan poco "vacacionables".
Supongo que me saldra el tipico bromista diciendo que los viajes son mas baratos en esa epoca, pero la pregunta es bien seria ya que somos muchos en esa situacion y parece que no va a cambiar
11/12/2003 18:12
Hola Marta.

Ante todo te recomiendo que revises el Convenio colectivo que se os aplica, pues puede contener previsiones en este sentido.

Tras esta aclaración, precisar que la empresa ha de publicar el calendario de las vacaciones al menos 2 meses antes del comienzo de las mismas, aunque es muy discutible que pueda hacerlo unilaterlamente, pues la jurisprudencia viene afirmando que el período de vacaciones debe fijarse de conformidad entre el empresario y los representantes de los trabajadores. No obstante, hay otra línea jurisprudencial que admite que, a falta de pacto entre el empresario y los representantes de los trabajadores, la empresa pueda fijar unilaterlamente la fecha de disfrute dada la razonabilidad de las fechas fijadas en función de la productividad.

En conclusión, lo que no es tan legal es el establecimiento unilateral del calendario de vacaciones. Mas sobre la pregunta de si una denuncia tendría éxito, con los pocos datos de que dispongo y sin saber qué dice el Convenio colectivo, no aventuro nada. Asimismo hay que tener en cuenta que hay sectores en los que es necesario garantizar siempre la atención suficiente a la actividad productiva y que hay períodos de tiempo en los que la actividad de la empresa es más intensa.

Para más dudas puedes contactar con Susana Beltrán en sbeltran@ejaso.com

Un saludo
Vacaciones
11/12/2003 16:58
Buenas.
Trabajo en una empresa del sector metal, que trabaja para la seat. Esta empresa tiene 60 trabajadores. Mi pregunta es si esta empresa puede fijar las vacaciones de los trabajadores cuando quiera. Ya sé que la ley dice 30 dias de vacaciones y no especifica que sean en verano, pero quería saberlo exactamente porque hay gente que tiene las vacaciones en noviembre, otras en mayo, otras en febrero, y claro, esto parece cuanto menos poco ético. Entonces lo que realmente quería saber es, en el caso de que pueda fijarse asi las vacaciones, si hay algo que se puede hacer, aunque sea a nivel de comite de empresa. O si en caso de denuncia, habría alguna posibilidad de éxito.