hola, les hago una consulta, si el convenio que se nos aplica indica que: "se disfrutará de un período anual de vacaciones
de veinticinco días laborales retribuidos, garantizándose en todo caso treinta días naturales".
¿se cuentan los sábados como día de vacaciones disfrutado? ¿o se excluyen junto con los domingos? Los días festivos está claro que no se incluyen, pero y si en mitad de las vacaciones hay algún día festivo? Gracias.
Si las vacaciones son por dias laborales los festivos y domingos no cuentan, si trabaja habitualmente los Sábados serán días laborales si por contra su jornada es de lunes a viernes, entonces no cuentan.
SMO.
Normalmente, los convenios que establecen el disfrute de vacaciones pensando en días laborales, se basan en la jornada habitual de los trabajadores.
Por tanto, si los trabajadores no trabajan los sábados, no se deberían contar. Los festivos tampoco.
gracias por las respuestas a los dos, entonces los festivos no se cuentan nunca, ni aunque caigan en mitad del disfrute de las vacaciones? gracias de nuevo.