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vacaciones

9 Comentarios
 
Vacaciones
12/01/2015 11:10
Buenos días:
Me quedan 5 días de vacaciones de 2014, pertenezco al convenio de hostelería según el cual tengo 31 días natural anuales de vacaciones, Mi horario es de lunes a viernes ¿Puedo pedirme vacaciones de lunes a viernes sin contar el fin de semana anterior ni posterior o la empresa puede quitarme días de vacaciones de 2015?
Gracias de antemano por la ayuda,
12/01/2015 11:54
En principio,si que puedes,tu convenio habla de días laborables,pero habría que ver si solo menciona eso,lo habitual es que establezca algún condicionante más,como fracionamientos,cuantos laborables tiene que incluir el periodo.....
De todos modos modos,en tu convenio figura el número de horas anuales de trabajo efectivo a realizar,que es lo que cuenta al final del año.
12/01/2015 13:50
¿Permite su convenio que se coja días del 2014 en 2015? Hay muchos que no lo permiten, salvo causa justificada (enfermedad, que haya sido por necesidad de la empresa...) o dan un plazo para cogerlos (p.ej hasta el 15 de enero).
12/01/2015 14:54
Gracias por vuestra ayuda. si que se pueden coger, dan plazo hasta marzo creo que es. Mi duda es si al coincidir mi vuelta con mi descanso semanal, pueden quitarme esos dos días de las vacaciones de 2015, que supongo que será lo que harán.....
12/01/2015 16:56
Buenas Tardes, me gustaria hacer una consulta de caracter laboral, mi mujer que trabaja en MERCADONA tiene reduccion de jornada a media jornada (a 20 horas ) desde hace 5 años y su jornada laboral es pactada con la empresa de jueves (6h) viernes ( 6h) y sabado (8h) una semana de mañana y otra de tarde.
Mi pregunta es la siguiente, a ella las vacaciones se las dan en 30 dias naturales repartidas en dos periodos de 15 dias, uno en verano y otro en invierno.
Le pueden iniciar las vacaciones un martes (dia que ella libra) o bien le tienen que comenzar en un dia que ella trabaje, les pregunto a ustedes porque ha ido al sindicato que esta afiliada (UGT)y le han dicho que si, que excepto el domingo que es el dia que su empresa cierra le pueden comenzar cualquier dia de la semana que la empresa este abierta, y YO TENGO SERIAS DUDAS DE QUE ESO SEA ASÍ, pues yo tenia entendido que las vacaciones se iniciaban el primer dia que te toca trabajar y dejas de ir.
A todo esto ella tiene su horario por escrito tanto en el burofax enviado a la empresa como en los horarios que le engtrega mes a mes su encargada.
Agradeceria una respuesta por su parte, Antonio

12/01/2015 18:13
Pero ¿Qué convenio se aplica? he mirado uno en concreto al poner solamente convenio de la hostelería al no saber ni siquiera la provincia y con estos datos me da uno que habla de 30 días naturales y no habla nada de pos ponerlas hasta el mes de marzo del año ss.
desde luego no dice lo que dice blecua de días hábiles, si dijese eso no diría 31 días.
En cuanto, a las vacaciones si su convenio fija expresamente que se han de comenzar las vacaciones en día laborable, (como seria lo normal), ya que ustedes trtabajana los fines de semana, laborables son todos lo que ocurre es que tiene marcados unos descansos y no puede iniciar el periodo vacacional en uno de esos descansos y por eso si tiene 5 días y hay un fin de semana si cubrirá su parte proporcional ya que si son 30 días naturales de disfrutarlos continuamente le entraran al menos 4 fines de semana y al menos los 10 descansos que debería mas o menos tener al meds por tanto no puede usted coger 5 días sólo en los que tiene usted que trabajar aquí en esos 5 días entra el tiempo de descanso.
SMO:
12/01/2015 18:15
El convenio de aplicación es Hosteleria de Alicante.
Muchas gracias por su respuesta.
12/01/2015 19:13
Bien visto su convenio y como ya le he dicho son 30 días naturales y por lo tanto entran los descansos correspondientes al mes así que en 5 días naturales tiene que entrar la parte proporcional del descanso semanal.
Ahora bien siempre puede reclamar que sean de lunes a viernes, (aunque la empresa al realizar la nómina le descuente la parte proporcional ya que de ser así no llegará al computo anual), me baso para argumentar esto en el incumplimiento por parte de la empresa del apdo. de su convenio que dice lo ss:
El trabajador y la trabajadora comunicarán al empresario en la primera quincena del mes de noviembre el periodo de vacaciones que proponen disfrutar el año siguiente, y el empresario, previo informe de los representantes legales de los trabajadores, confeccionará en la segunda quincena del mes de noviembre el calendario de vacaciones del año siguiente. En todo caso el trabajador y la trabajadora conocerán las fechas que le correspondan con una antelación mínima de dos meses del comienzo del disfrute.
Por tanto se incumple el que el trabajador sepa con dos meses de antelación el periodo de disfrute por lo que si decide disfrutar de tal a tal fecha será cosa del trabajador, pero para ello deberá iniciar proceso por vacaciones ante el juzgado de lo social.
toni12277, sea como sea, su mujer tiene un cto mas o menos de media jornada por lo que si por ej. su convenio dice que a jornada completa son pro ej 1780 su mujer al final del año tendrá que realizar 890, lo que hace una media mensual de 81 h y todo lo que suponga no llegar a esa jornada será horas que deba el trabajador a la empresa, así que si por coger las vacaciones en las que entren mas días de trabajo al final en el computo anual le faltará jornada que deberá devolver.
12/01/2015 21:38
Hola, me he leído varias veces el convenio de Mercadona y en ningún sitio pone que tenga que hacer determinadas horas al año, únicamente hace referencia a 40 horas semanales, y no se si eso es motivo para hacer el calculo anual, lo que si pone en el mismo convenio en el apartado de vacaciones que estas se inician como no puede ser de otra manera determinado día( sea cual fuere) que te toca de trabajo y por tener vacaciones no vas, esto no se cumple con mi mujer porque le empiezan a contar un martes por ejemplo que ella libra y por consiguiente después de contar los 15 días vuelve a trabajar en jueves, que si le contasen a partir del jueves que ella trabaja los 15 días acabarían en jueves y volvería a trabajar el viernes 15 días después. Mi pregunta es puede ser el día de inicio de vacaciones libre de trabajar y al mismo tiempo contsar como vacaciones? A mi el sentido común me dice que no, pero también es posible que este equivocado . Agradezco sus respuestas.

12/01/2015 22:40
Por otra parte al leer el convenio colectivo en vigor de Mercadona me he quedado sorprendido de la cantidad de fallos o inexactitudes que hay en el mismo sobretodo en el apartado de reducción de jornada por guarda legal , la verdad es que he mirado y contrastado bastante ese tema y me sorprende que haya esos fallos tan grandes, es posible impugnar un convenio para que se rectifiquen esos fallos??