Buenas a tod@s, a ver si me podéis hechar una mano porque no he encontrado naa aclaratorio al respecto.
Trabajo en el servicio de limpieza pública, contrato indefinido a tiempo parcial (fin de semana), hace unos días se concedió, por parte de la Junta de Andalucía, aprobar un periodo de huelga indefinida convocada por los trabajadores y sindicatos. Aun estamos en dicho periodo, y el caso es que la empresa anunció, a finales del año pasado, el cuadrante de las vacaciones del presente año, y a mi me toca disfrutarla en el mes de Noviembre (empezaría el día 3 hasta el 1 de Diciembre).
Tanto yo, como uno de los encargados, hemos firmado ya los papeles que "acredita" dicho periodo. Pero hoy he recibido la llamada de la empresa diciéndome que "durante el periodo de huelga no podré disfrutar de las vacaciones, ni de ningún día de asuntos propios".
¿Es eso legal?
Además, me han dicho que si no voy a trabajar lo pondrían como "día de falta".
Bajo dicha amenaza, si voy a trabajar, ¿estarían obligados a darme otro periodo vacacional cuando se terminase la huelga indefinida? Y en ese caso, ¿elegiría yo eel mes de vacaciones o tendría que ser impuesto por ellos?
Eso es todo, muchas gracias.