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Vacaciones y despido

9 Comentarios
 
Vacaciones y despido
29/06/2007 11:05
buenos días, tengo unas dudas a ver quien me puede ayudar. 1º en mi trabajo me han ofrecido unas condiciones que no puedo aceptar, y es eso o el cierre de una sucursal, yo puedo decir no acepto las condiciones sin perder mis derechos. 2º frente a esta situación yo cogo mis vacaciones a partir del lunes dia 2 de julio que debo hacer para no perder mis derechos. espero respuesta, gracias de antemano.
29/06/2007 11:28
Pues, tendrias que especificar mas en que consisten las condiciones que no puedes aceptar y si afectan a toda la empresa o solo a titulo individual y el convenio de aplicacion..
29/06/2007 11:54
a ver las condiciones son a que me rebaja el sueldo al 50 % y solo sería aplicable a la sucursal donde yo estoy trabajando nada más, implica a 4 personas que somo el grupo de la sucursal y el convenio no se por que nunca lo he visto.
29/06/2007 12:13
Puedes solicitar la rescision del contrato de trabajo pero tendrias menos indemnizacion que con un expediente de regulacion de empleo: 20 dias por año trabajado con un tope de 9 mensualidades.
29/06/2007 12:15
El no aceptar las condiciones no implica que pierdas tus derechos.
Segun tu otro mensaje, la empresa seguramente cierre. Tendras que esperar a ver que ocurre, pero las condiciones no tienes por que aceptarlas.
29/06/2007 12:48
dune la empresa no cierra, lo que cierra es una oficina
29/06/2007 13:10
A mi modo de ver sería Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo por el art. 50.1.A, por lo que le corresponderían 45 días/año.
29/06/2007 13:18
por favor, dadme un capon, que vaya dos dias que llevo..
Efectivamente, solo cierra una sucursal, no toda la empresa, tiene razon mark9, es modificacion sustancial pero en su caso no corresponde 45 dias si no 20 ya que no es una modificacion que afecte a su dignidad o perjudique su formacion profesional.

Le corresponden 20 dias por año con un limite de 9 mensualidades, segun yo lo veo.
29/06/2007 13:22
está claro que si no es por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, demostrables por parte de la empresa, pues te tendrían que indemnizar como si de un despido improcedente se tratase.
Ahora bien, habría que ver si estas en uno de esos contratos temporales para los que si te echan por despido objetivo y finalmente se reconoce improcedente, la indemnización no son 45 días sino 33.
29/06/2007 13:31
Es que hay que diferenciar entre que solicite el la rescision del contrato y que le despidan.