Todo derecho de cantidad, en este caso consultado, prescribe al año de recibir la IP, pues el momento desde cuando puede empezar a reclamar esos conceptos.
Uy pero si solicita reclamacion de cantidad por las vacaciones, la reclamacion de cantidad por las vacaciones del año pasado prescribe este mes, no? Porque tengo entendido que es un año para reclamaciones de cantidades en temas laborales....
me han concedido hace poco una incapacidad permanente total y resulta que en la empresa que trabajaba me debe vacacaiones de este año y del año pasado que al estar de baja no disfrute que puedo hacer?