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vacaciones no disfrutadas

9 Comentarios
 
Vacaciones no disfrutadas
09/12/2008 12:56
Hola:
Mi caso es el siguiente:
Un trabajador iba a coger en agosto vacaciones, pero una semana antes de cogerlas, tuvo un accidente laboral. Estuvo mes y medio de baja, y cuando volvió a trabajar no ha cogido vacaciones por motivos de mucho trabajo. Y mi pregunta es: ¿cómo puedo pagarle esas vacaciones antes de que acabe el año? porque me lo ha preguntado, ya que disfrutarlas no puedo.
¿Puede dejarlas para el año que viene con el consentimiento de la empresa? ¿O se le puede pagar las vacaciones cuando termine su contrato que será en febreo o en marzo de 2009?
Saludos
perfil TN
09/12/2008 13:30
Si las vacaciones ya estaban asignadas antes de la baja y, entiendo que sí porque el accidente fue una semana antes, esa vacaciones se pierden (salvo que el convenio diga lo contrario).

Y no sé la razón por la que hablas como si fuera la empresa y, en otras frases, como si fuera el trabajador.
09/12/2008 16:21
Hablo por parte de la empresa. Y no puede haber algun pacto por escrito entre las dos partes, donde se pasen las vacaciones al año que viene. O simplemente pagarselas por no haberlas podido disfrutar.
Saluos,
perfil TN
09/12/2008 16:39
Pues como si queréis darle 60 días de vacaciones pagadas...

Es decir, el trabajador ha perdido el derecho a vacaciones pero si se lo queréis mantener y, además, pasárselo al año que viene, no creo que el trabajador os ponga pegas.

Y lo de pagarle algo a lo que no tiene derecho (tampoco se puede, pero es que no encima no tiene derecho), suena a algo raro.

Demasiada generosidad con el trabajador, no? supongo que se lo tendrá bien ganado.

09/12/2008 16:50
Hombre, no es que queramos pagarle de más, pero si ese trabajador tenía unas vacaciones pactadas y por culpa de un accidente laboral, las va a perder. Y luego encima de no haberselas pagado o darle unos días de vacaciones, despues de la baja, nos lleva a juicio o al sindicato. Igual tendríamos que pagar luego de más, no?
perfil TN
09/12/2008 17:36
Si las vacaciones estaban ya concedidas y tiene un accidente que le impiden disfrutarlas, no es culpa de la empresa y se pierden y el trabajador no tiene derecho a nada más, vaya a juicio o al sindicato (salvo que el convenio diga que tiene derecho, lo cual es poco probable)

Es más, si llega el 31 de diciembre y no las ha disfrutado, aunque tuviera derecho (que no lo tiene), se perderían.

Por tanto, si se las concedéis porque queréis, pues vale, pero el trabajador no tiene derecho a ellas y no puede reclamar nada.

Si se las quieres pagar cuando finalice el contrato, pues tú mismo, no tienes porqué hacerlo pero dudo que el trabajador se niegue.

09/12/2008 17:49
Y a mí que me da que es el trabajador.

Entre las equivocaciones de la "persona" utilizada y la insistencia en darle un derecho que no le corresponde, suena extraño.

Como te han dicho, seas trabajador o empresa, las vacaciones se perdieron si estaban ya pactadas.
09/12/2008 17:55
Ya siento ser tan preguntona, pero lo quiero tener todo claro.
Se esta con el convenio de la construccion de bizkaia.
Y señala que el trabajador tiene derecho a disfrutar de un periodo de vacaciones hasta el trascurso del año natural.
perfil TN
09/12/2008 18:15
A mí me da también que es el trabajador, y no la empresa, pero como me da igual...

En el convenio viene claro, si la IT es después de pactada las vacaciones y antes de que empiecen, se podrá coger luego las vacaciones. Por eso es importante mirar el convenio porque a veces hay derechos reconocidos que no están en otros.

Pero también dice que debe ser dentro del año natural y que debe ser pactado al acabar la IT (vamos, que tendríais que haberlo hecho ya).

Conclusión: que legalmente, debe ser cogidas antes del 31 de diciembre o se pierden, pero si la empresa y trabajador pactan que se cojan después, pues podría hacerse.
09/12/2008 18:17
gracias por tus respuestas