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Vacaciones no disfrutadas y desempleo

8 Comentarios
 
Vacaciones no disfrutadas y desempleo
31/07/2007 16:23
Hola a todos.

He terminado un contrato de interinidad de 6 meses cuyas vacaciones no he disfrutado. He oído que aún no puedo solicitar el desempleo porque como no he disfrutado las vacaciones, todavía apareceré como dado de alta en la Seguridad Social. ¿Es esto cierto? Me ha parecido un poco raro y agradecería que me lo pudiéseis confirmar a fin de que no se me pasen los 15 días que hay para solicitar el paro. En este sentido, ¿son 15 días naturales o laborales? Aún no me han dado el certificado de empresa ni he firmado el finiquito. ¿Es eso legal? ¿No se debe hacer en el acto?

Gracias.
31/07/2007 23:50
No es que estes de alta en la seguridad social exactamente, es como si te cogieras las vacaciones al finalizar tu contrato. El paro no se hace cargo de esos dias ya que ya te los ha pagado tu empresa, por eso tienes que esperar a que pasen los dias de vacaciones que has cobrado para solicitar la prestacion, si no, cobrarias las vacaciones dos veces, una por el paro y otra por la empresa.
Los dias de vacaciones te apareceran en el certificado de empresa.
Mientras tengas plazo para presentar tus papeles en el inem, es normal que no te entreguen toda la documentacion en el mismo momento de marcharte, pero no descuides los plazos e insiste a tu empresa para que te de la documentacion. Si se acerca el fnal del plazo y no te la dan, solicitala por burofax y expon tu problema en el inem. Ellos mismos pueden solicitar el certificado a la empresa, si es necesario.
01/08/2007 08:34
dune
A ver si lo he entendido bien
Suponemos:
tengo un contrato de seis meses que cumplo del dia 1 de enero al 30 de junio sin disfrutar un dia de vacaciones, mi baja efectiva es el 30 de junio ¿ cierto? al darme el finiquito entre otras liquidaciones vienen los 15 dias de vacaciones no disfrutadas, ¿ quieres decir que el paro no se puede solicitar hasta los 15 dias?
No lo entiendo.Yo estoy de baja laboral desde el dia 1 de julio.
Entiendo el pago como un extra por trabajar en periodo de vacaciones.
01/08/2007 10:13
No es asi, veras.
Trabajas 6 meses, cobras 6 meses y 15 dias.
¿no te descuadra algo?..
Imagina que dentro del periodo de 6 meses que has trabajado, te hubieses cogido los 15 dias de vacaciones que te corresponden, simplemente habrias cobrado 6 meses justos y nada mas.
Por eso es normal que el paro no se haga cargo de esos dias porque tu ya los has cobrado de tu empresa, supone que ahora estas disfrutando de las vacaciones que no te dieron en su dia, y que ya cobraste cuando estuvieste trabajando y este periodo tambien lo cobras.

01/08/2007 14:04
Muchas gracias por las respuestas, dune.
Una preguntilla, ¿obligatoriamente en el certificado de empresa han de ponerte los días de vacaciones no disfrutados? Aún ando un poco perdido, porque no me han mandado ni el certificado ni he firmado el finiquito, por lo que no sé exactamente cuántos días me corresponden ni cuánto es el finiquito. Yo he trabajado 6 meses cubriendo, primero una baja por maternidad y acto seguido, el período de lactancia. En total, me han hecho dos contratos seguidos, pero supongo que el finiquito corresponderá a la totalidad del período trabajado en la empresa, independientemente de que sean dos contratos.

01/08/2007 14:14
Si no te finiquitaron el primer contrato-cosa rara por otro lado- deben finiquitarte los dos ahora.
Seguro que son dos contratos y no una prorroga?
En cuanto a los dias de vacaciones, obligatoriamente deben ir especificados en el certificado de empresa.
01/08/2007 17:03
Imagino y espero que me finiquitarán los dos contratos ahora. Los dos eran por interinidad: el primero por maternidad y el segundo por lactancia. En ambos se especificaba la fecha de inicio, pero no la fecha de finalización, ya que ésta era cuando se incorporase la persona sustituida. Mi empresa es un banco, por lo que doy por hecho que serán serios al respecto. Aunque me pareció raro, di por hecho que no me habían finiquitado el primer contrato porque seguí trabajando para la entidad y ambos contratos se enlazaron. Lo que sí me parece raro es que terminé de trabajar el lunes y aún no he firmado nada...
01/08/2007 17:24
Por eso no te preocupes, si el banco es serio, firmaras en los proximos dias, la firma del contrato no es imprescindible antes del comienzo de la actividad, el alta en la seguridad social, si.
si te han dado de alta con la fecha estipulada, todo va bien.
01/08/2007 17:43
Gracias de nuevo por tu respuesta, dune. La verdad es que me has aclarado bastante.

Cuando dije que no había firmado aún nada, me refería al finiquito, pero supongo que ya lo firmaré cuando me llegue el certificado. de todas formas, mañana daré la lata en RRHH porque no quiero que se me pase el plazo para solicitar el desempleo.

gracias!