Para los actos de instrucción se considera hábil. 184 LOPJ.
"Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, todos los días del año y todas las horas serán hábiles para la instrucción de las causas criminales, sin necesidad de habilitación especial."
He interpuesto denuncia penal este sábado, en el juzgado de guardia. He pasado hoy, y el secretario me ha dicho que el Juez está hasta arriba de trabajo y mañana se va de vacaciones. ¿el mes de agosto se considera inhábil también en penal?