Como respuesta a "si he estado trabajando hasta el momento de la excedencia me correspondera la parte proporcional no?", pego también lo contestado anteriormente, "El resto del año, si trabajas, evidentemente generas vacaciones"
buenas sabiondo y gracias por contestar..si he estado trabajando hasta el momento de la excedencia me correspondera la parte proporcional no?es q algo he mirado por inter y como q me corresponden 2.5 dias por mes trabajado pero tengo un lio......
La excedencia no genera vacaciones. Si estás 4 meses de excedencia, voluntaria o por cuidado de hijos, no generas días de vacaciones durante ese periodo. El resto del año, si trabajas, evidentemente generas vacaciones.
teneis toda la razon, me he explicado mal..no me di cuenta..si si pq lo q quiero coger es una excedencia por cuidado de hijo pero pense q se llamaba excedencia voluntaria...gracias por vuestras respuestas..
Por que la incorporacion esta superditada a la vacante, y si esta se cubre con otro trabajador, o bien si tus funciones las asumen tus compañeros, o bien por causas economicas no haces falta, te quedas en la calle.
hola si me cojo este año 4 meses de excdencia voluntaria tengo derecho a las vacaciones de este año o a la parte proporcional?despues querria una reduccion de jornada y por eso no se como se contabiliza lo d las vacaciones..gracias de antemano