Hola, en mi empresa tenemos 30 días naturales año de vacaciones, con lo cual entiendo y estoy de acuerdo entran domingos y festivos en el cómputo. Las vacaciones las distribuyen en cada sección por quincenas dándose el caso a veces que las vacaciones empiezan en domingo y nos cuentan ese día. Sabemos que eso es ilegal y quiero presentarle al comité una sentencia que me he visto que hace alusión a eso. Es del TSJ de Asturias de fecha 05-04-91 (lo he encontrado en un memento social de 2001), pero en internet no la encuentro. Alguien me podría decir como localizarla, os quedaría muy agradecida.
Gracias