hola , como ya espuse en otro pos he estado 5 meses de baja i ahora me e reicorporado., he estado dede junio a octubre -.
yo no he cogido ningun dia de vacaciones este año .
la empresa dio vacaciones a los hobreros del 26 de agosto al 6 de septiembre .,
es del gremio de la construcion y este año tenemos 24 dias laborales de vacaciones .,
la empresa dio 7 dias .!!
PREGUNTA-- a mi me quedan los 24 dias o tengo que descontar los 7 dias que ya dio la empresa ???
Tras el cambio de doctrina de nuestro Tribunal Supremo con la sentencia de junio pasado, en principio te corresponde la totalidad de vacaciones. Si son 24 dias al año y no has disfrutado de ninguno de ellos, te corresponden los 24, independientemente de que la empresa ya señalase 7 días coincidiendo con el periodo de tu baja.
Esto no quiere decir que la empresa te lo reconozca automáticamente, claro, pero, llegado el caso, si tuvieras que reclamarlo via judicial, este es el actual criterio de nuestros tribunales.
gracias nando_bc!!!
no entiendo muy bien lo de el cambio de doctrina del t.s. con sentencia de junio pasado ., me lo podrias esplicar un poco para intentar comprenderlo!!
como de costumbre tus esplicaciones aclaran poco o nada .,
pero para que tu te enteres tambien me he molestado en buscar informacion y me he encontrado con esto .,
http://www.lexnova.es/Pub_ln/Juris_Gaceta/Mas_Juris/STSde24dejuniode2009.htm
no se que tiene que ver esto con lo que tu comentas mas arriba de que es una patina falsa de derechos de los asalariados que realmente enmascara odio y desprecio a los ricos,
Repito por vez millón, sindicalista infeliz:
-No me gusta Franco ni ninguna dictadura.
-El comunismo es otra dictadura (del proletariado), por lo que tampoco me gusta. Es letal para la humanidad.
-El socialismo es un comunismo light y un engaña bobos. Un expolio moderado. Es una estafa moral igualmente. Tampoco me gusta; es perjudicial.
-El sindicalismo, como derecho de asociación, me parecería cojonudo. Pero en la práctica son mafias comunistas. No me gustan, y son MUY perjudiciales para la comunidad.
-No veo TV intereconomía, porque cuando me ponen 2 veces seguidas anuncios anti-aborto lava-cerebro, me tocan las narices. Sus programas me parecen adoctriantes y baratos.
-No me gusta nada el enano escocido ése de la radio Losantos. Que habré oído 2 ó 3 veces en toda mi vida, 5 min. en total.
-Si voto (que no suelo hacerlo), voto al PP, por ser lo menos descabellado del panorama poítico de aquí, pero la política no está en mis intereses, a pesar de que me recomiendan a menudo que me meta a político.
-No me identifico con la derecha ni con posturas autoritarias o tajantes. Pero sí con el laissez faire, la libertad de las personas, la igualdad de oportunidades SÓLO al nacer, y luego desigualdad de resultados según esfuerzos. La verdad, la transparencia, la democracia, la justicia.
No me gustan las tiranías ni las imposiciones. Por eso DETESTO el socialismo.
No me gustan las mentiras ni la perversión moral. La innobleza y bajeza en la que bucea España y su cultura, y la falta de humanidad, principios y transparencia.
Ahora, vuelve a decirme mañana "viva franco", que parece que a quien te guste realmente sea a ti. Y no sería raro, ya que a ti también te van los pelotazos y los incrementos repentinos e injustificados de patrimonio, como el robo de 90 días/año que le hiciste a tu empleador, ¿no? Venga, viva la inmoralidad, ciudadano modelo.
Ufff!, a mi es que determinadas dinámicas que están dándose últimamente en este foro me cansan.
En cualquier caso, y sin tratar de entrar en ellas sino que con el único objetivo de mantener un mínimo de rigor, comentar que ya en mi primera respuesta, y al margen de lo que a mi me pueda parecer, trato de dar una respuesta objetiva y concreta al consultante. Y en ese sentido le informo que en base a la actual doctrina de nuestro Tribunal Supremo no ha perdido esas vacaciones que han coincidido con su periodo de baja por enfermedad, incluso las que pudieran estar expresamente señaladas de forma previa al inicio del proceso de baja, teniendo derecho a que se le señale un nuevo periodo una vez recuperado, incluso una vez finalizado el año si la situacion de enfermedad se prolongara hasta el final del año de devengo, aunque le advierto que esto es así en base a una sentencia, de repercusión general, eso sí, pero que no es una norma y que, por tanto, puede esgrimirla ante la empresa para conseguir su pretensión pero ya se verá si ante ello la empresa la acepta o toca esperar a que un juez o tribunal ponga al día a la empresa en esta cuestión.
Y en este caso, como digo, me ahorré mi opinión (no siempre lo hago, es cierto) , para no complicar más las cosas. Y la verdad es que a mi tambien me ha roto algún esquema esta sentencia (pero es que últimamente el TS me está rompiendo bastantes esquemas, como lo del permiso para familiares en caso de parto natural por el mero hecho de que se dé en un hospital, el que el cómputo del permiso por boda deba empezar en día hábil aunque no coincida con el día de la boda, etc). Y en el tema de coincidencia de vacaciones con enfermedad, la verdad es que yo me quedo con la doctrina de siempre (es decir, se pierden, por aquello de que se trata de un hecho fortuito cuyas consecuencias no debe soportar la empresa ya que ésta debe garantizar el disfrtue de las vacaciones de sus empleados pero no se le puede exigir que garanitce, además, el que se disfruten con salud, y tal y tal). Pero las cosas son como son y no como nos gustaría que fueran y por tanto, en ese caso me limito a tratar de explicar, como decía, de forma objetiva y claro lo que corresponde.
Por otro lado, E&D, créeme, no le tengo a Zapatero más simpatía de la que puedas tenerle tú, pero al César lo que es del César, y es que en este cambio de doctrina del Supremo poco ha tenido que ver Zapatero, ni las recientes novedades normativas en nuestro país ni nuevas desginaciones de magistrados, sino que es la previsible y prácticamente obligada consecuencia de la sentencia unos meses antes del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea en enero pasado (STJE 20/01/09, -Asunto Shultz-Hoff-), y que, de alguna forma no hacen otra cosa más que trasladar al caso de enfermedad en general el mismo corterio que el propio tribunal europeo ya aplicó en el año 2005 para el caso concreto de coincidencia de vacaciones con el periodo de descanso por maternidad (en el que, por cierto, la demandante era una trabajadora española). De hecho el TS, en su sentencia, dedica una buena parte de ella a explicar el porque de donde antes dijo digo ahora dice Diego.
En fin, trataré de seguir manteniendome al margen de ciertas dinámicas que no hacen otra casa que entorpecer el funcionamiento de este foro y que parezca, más que un foro de derecho, un bebate de salsa rosa o algo así, pero si, opiniones o juicios de valor al margen, observo alguna incorrección a nivel de conceptos o alguna afirmación que, por ser matizable, puede llevar a conclusiones equivocadas consideraré la oportunidad intervenir.
Y es que podemos tener oponiones o sensibilidades concretas (siempre dentro de un respeto), pero no podemos dejar que éstas nos cieguen, porque entonces, nos confundimos y podemos confundir a otros.