Ciertamente hay muchos convenios (el mio incluido) en los que no se especifica la antelacion con la que hay que comunicar las vacaciones.
En estos casos que comentais, en que se ve una clara mala fe, no queda otra que solicitar modificacion para hacer constar un plazo de antelacion obligatorio para comunicar las vacaciones, o incluso, dejarlas fijadas por periodos y años, por ejemplo, años pares, primeros periodos con el padre, años impares, primeros periodos con la madre...
Netsirena, el calendario escolar que se tiene en cuenta para las vacaciones, en caso de discrepancias entre los progenitores, es el publicado en el correspondiente Boletin Oficial de la Comunidad Autonoma. No importa que los hijos estudien en centros diferentes, podran tener clase unos dias u otros, pero seran "dias no lectivos", no vacaciones.
Por supuesto el calendario escolar no es el mismo para infantil y primaria, para ESO y para Bachiller... pero el publicado en el Boletin (en mi caso, por ejemplo, en el BOCYL) es el que rige... insisto, en caso de desacuerdo entre progenitores.
El centro en el que estudia mi hijo tambien publica un calendario escolar, pero si difiere del publicado en el BOCYL, me tengo que ajustar a lo que establece el BOCYL
Pues mira nosotros hemos tenido que hacer un calendario para el año que viene, para que no tubieramos problemas (aunque seguro los tendremos igual) y se lo hemos hecho llegar con un escrito que ponia si habia algo que no le pareciera bien que lo dijera y que mi marido estaba dispuesto al dialogo y sin problemas, pues no ha dicho ni si ni no, osea que hara lo que le de la gana. En principio nos tocan el segundo periodo de las vacaciones, osea del 31 al 8 veremos que pasa.
Si la sentencia no pone nada, como es también nuestro caso, no procede ejecución de sentencia.
Es decir, no puede usted (ni nadie en su lugar) reclamar algo que no queda contemplado.
Nosotros lo intentamos y claro....nos remitieron a modificación de medidas. Un procedimiento diferente en el que, justificando y acreditando la situación, lo que se solicita es que se modifique, se incluya....aquello que da lugar a "confusión".
Mientras tanto poco se puede hacer más que aguantar y recabar datos, documentación...todo lo que pueda para acreditar los hechos y la situación.
Sólo así tendrá la posibilidad de que se valore.
Pues si este siempre lo aprovecha porque en verano ya lo hizo, me lo comunico el dia de antes a las diez de la noche, pero esta Navidad va a ser peor, porque me lo va a volver a decir horas antes y asi no puedo organizar nada, mi familia ya esta preguntando que como y donde lo celebraremos para organizarlo, y yo no se cuando estara mi hijo, estas personas que son tal de fastidiar son capaces de todo, no se que tienen en el corazon de verdad, y en mi sentencia no pone nada asi que realmente no podre hacer nada verdad?
Pues depende.
En algunas sentencias o convenios se especifica, por lo que habrá que atenerse entonces a esos plazos.
En otras no se dice nada. Pero habría de ser un tiempo que se valore pruedencial, sobre todo si, como en nuestro caso, hay que sacar billetes con mucha antelación u organizar un viaje o solicitar días de permiso en el trabajo.
Para cualquiera sería lógico que no se puede avisar de unas vacaciones de verano la misma semana que dan las vacaciones escolares y por correo ordinario. La carta, si es que llega, lo hará una vez comenzado el periodo. Y si a usted le corresponde la primera mitad: conflicto al canto!!
Pero como en nuestro caso no expecifica nada...pues por más ilógico que sea....usted se jo...y se aguanta. Con perdón.
Las reclamaciones.........a esperar. Pues ni siquiera cabe ejecución de sentencia.
Y como digo, mientras tanto, muchas y muchos se aprovechan.......
De acuerdo en que al padre le corresponde este año elegir y por tanto "informar" a la madre el periodo que elija. No tanto en que no tenga "derecho" a réplica. Me explico: cuando hay ganas de fastidiar, de poner trabas, de causar problemas...las circunstancias que nos podemos ver "obligados" a vivir son infinitas.
Aún recuerdo las navidades en que aún habiendo realizado el viaje para recoger al niño (recuerdo que vivimos a 700Km) y después de haber enviado varios burofaxes y de comunciones entre los abogados, no sabíamos cuando, dónde y cómo recogerle. Le correspondía elegir a ella, pero no lo hizo. Aún prenguntando como digo en varios escritos, aun diciéndole que sólo nos dijera la hora y que le recogiamos en su casa....sabe cuando finalmente lo hicimos? A las nueve de la noche teniendo de por medio un viaje de siete horas en coche un día 23 de diciembre. El niño tenía entonces 3 años.
Cree que a esa "madre" le importó a qué hora llegaba a su hijo? O que hubiera otras posibilidades para hacer mucho mejor el viaje? Cree que su actitud tuvo algun tipo de consecuencia?
Luego....no es que tenga o no que pronunciarse. Desde luego, no le corresponde como tal esa "posibilidad". Pero, como digo, puestos a dar problemas, cada vez que ve el más mínimo resquicio para "acogerse" a algo que no está especificado, que no queda claro.... Vaya que si lo hacen!!!!
Y, desafortunadamente, se le dan muchas oportunidades, pues los convenios, los regimenes de visitas, las sentencias en general, son meras "copias" de un "receta" estandar que hace aguas por los cuatro costados.
De eso, este tipo de personas, se aprovechan.
Discrepo contigo porque dentro de una misma provincia existen centros con calendarios distintos y esto lo digo con conocimiento de causa por haber tratado con varias personas en el punto de encuentro y porque mis propios hijos acuden a centros distintos, teniendo por ello yo dos calendarios distintos y hay fechas que, como digo, no coinciden.
Cada uno tiene que atenerse al calendario escolar de su centro y las vacaciones empiezan desde el día siguiente de acabar las clases hasta el día anterior a empezar. No digo que no tengais problemas a ese respecto pero yo es que lo veo de un sencillo que no entiendo la complicación.
Ahora bien, admito que el año que viene le toca elegir al padre de mi hija, sin mediar el pef, y si ni este año se ha comunicado de ninguna de las formas, me estoy temiendo el tema de las vacaciones el año que viene (lo digo por un 'comentario' que le hizo a mi hija en verano que fue: Como no estés aquí tal día a las 10, me cruzo enfrente y le pido a tu abuelo el móvil y llamo a la policía. Acojonan te porque yo nunca he incumplido nada y los niños no son correveydiles. En fín)
mamaria, si es que ella no se tiene que pronunciar, el burofax que le ha mandado el padre es meramente informativo y mientras el padre no se pase de días le corresponden los días que le ha comunicado a la madre si o si.
Por si le sirve,
En nuestra sentencia pone sólo "mitad de las vacaciones" y recogeremos al niño el 31 a medio día para llevarle de vuelta el 8 por la tarde.
En este tema hemos tenido muchos problemas, porque ella nunca avisa, o lo hace tarde, o elige más días, o..... En este caso, le corresponde elegir al padre, cosa que siempre hace con antelación y por burofax y, por el momento, no se ha "pronunciado" en nada al respecto...
Un saludo
En mi convenio no pone nada solo pone la mitad de las vacaciones de todas formas todos los años mi ex ha estado con mi hija en noche vieja y reyes asi que por un año na la va a pasar nada!!! y el dia 3 que es cuando me toca recoger a mi hija le voy a decir que ,me la llevo del dia 31 hasta el dia 8!!!
Gracias sarapiki, efectivamente como me temia asi es, a mi me parece vergonzoso que en unos provincias se excluyan esos dias de las vacaciones, ya que por ejemplo en Madrid y la mayoria las vacaciones llegan hasta el dia 8 inclusive, ademas el finde de reyes no me toca ya que disfruto el anterior al comienzo de las vacaciones.
Bueno como me toca elegir a mi, pedire el primer turno y por lo menos estare con mis hijos nochebuena y navidad, un saludo.
cimero, he mirado el calendario escolar de Asturias y efectivamente, vacaciones del 23 dic al 5 ene.
Son 14 dias, si tienes mitad de vacaciones, tienes 7 dias, o bien del 23 al 30. o bien del 30 al 5, asi que, o pillas Nochebuena y Navidad, o pillas Nochevieja, Año Nuevo y Reyes.
Supongo que lo tendreis de forma que cada año elija uno ¿no?
Lo que si es una faena, para los progenitores no custodios, es que los calendarios escolares excluyan esos findes como findes de vacaciones, y se limiten a ser dias no lectivos, pues os "roba" algun dia de vacaciones. A mi me ha pasado en un par de ocasiones, pero en ese caso solicitado por el padre de mi hijo que se excluyeran esos findes del periodo de vacaciones...
Este año elige mi ex y como en verano no lleva intencion de decirme que periodo elige hasta el horas antes de empezar las vacaciones, con tal de que yo no pueda hacer un plan ni medio, que puedo hacer?
Pues yo tengo mitad de vacaciones, pero tengo una duda, en mi provincia asturias las vacaciones son del dia 23 al 5, ya que el dia 6 viernes es festivo (que no vacaciones), me parece que o yo no me entero o no es muy justo ya que si pillas el segundo turno, ni pillas navidad, ni nochebuena ni reyes.
Es esto asi o no, ya que no quiero que me la cuele pero tampoco buscar guerra sin razon (no tengo recogido en los covenios los festivos) necesitaria aclaracion, saludos.
Y lo mismo ocurre el día de Navidad (en mi caso). Tanto ese día como el día de Reyes el progenitor con quien no estén los menores pueden disfrutar de los mismos durante 3 horas.
Ojo yo76 con el día de Reyes. En mi caso, ese día pueden estar hasta las 12,00 h con el que estén de vacaciones y el resto del día con el otro progenitor. Míralo bien, porque es un día rarito.
Pues así esta mal repartido pero si así lo han acordado así os tocara hacerlo en mi sentencia pone la mitad para cada uno y este ano eligo yo! Y no pienso dejar que mi ex me robe ni un día
en el de mi marido pone que el primer periodo sera del día siguiente de las vacaciones escolares hasta el día 30 a las 5 de la tarde y el 2º sera del día 31 al día 6 a las 5 de la tarde