Por favor me podría ayudar alguien? quería saber si en el siguiente caso tienes derecho a que te paguen las vacaciones:
Un trabajador coge baja en el año 2009, cuando todavia le quedan 15 días de vacaciones;
en el 2010 sigue de baja (con lo cual tendría pendientes los 30 días naturales del 2010 ) y a fecha de hoy le dan una incapacidad permanente:
mi pregunta es: como ya no va a volver a trabajar en ésta empresa, lo lógico sería que, ya que no ha podido disfrutar de sus vacaciones, ahora cuando la empresa finiquite al trabajador le tendrá que pagar las vacaciones correspondientes que no ha podido disfrutar no?
he hablado con sindicatos y estoy hecha un lío porque unos me dicen que sí y otros me dicen que no??? .....alguien me puede decir algo???
De acuerdo con la doctrin a actual de nuestros tribunales (modificando la tradicional en base a una sentencia del Tribunal Europeo), corresponde que le liqueden la compensación económica de todas las vacaciones devengadas durante la IT, incluso las del 2010 y 2009.
una cosa: para el cálculo de éstas vacaciones ....cómo lo tengo que calcular? (el asesor de la empresa .......NO SABE...... y yo he hecho los siguientes cálculos....a ver si están bien:
cojo la base de cotización de la nómina: y lo divido entre 30 (días que tiene el mes) y lo que me sale es lo que me tiene que pagar por día no? y a ésto último lo multiplico por el número de días de vacaciones que no he disfrutado???? es correcto éste cálculo???? alguien me puede decir????
HAS DE IR TU MUTUA Y PONERLES AL CORRIENTE, DE LA SITUACION DE IP (tu mutua es el centro donde te han tenido que estar llevando un seguimiento de la baja) TE PEDIRAN LA RESOLUCION DEL INSS COMO IP entre otras cosas y ellos por mediación del programa electrónico GISS (gerencia informática de la seguridad social), te abonaran la cantidad correspondiente, otra cosa más, como muy bien ha dicho en el mensaje anterior el trabajador cobrara por ambos periodos de vacaciones no disfrutados y por todos los días en los que ha estado de baja.
sí jusoro,la mutua está totalmente al corriente de todo...y han pagado (la seguridad social por medio de la mutua) todo lo correspondiente, sin ningún problema con la mutua....el problema está que de la empresa todavía no se ha recibido la indemnización correspondiente ....y como hasta ahora no sabía si las vacaciones las tenía que pagar....y el asesor de la emprea ...no sabe...nada...ejem ejem...quería sabe cómo tendría que calcular lo que corresponde de las vacaciones....esos 15 días del 2009 y 30 del 2010,,,y ahora también los del 2011 claro, porque hasta el 15 de febrero no hemos recibido la incapacidad permanente...no sé si me explico...es que tengo un lío.....GRACIAS¡¡¡¡¡
Caramba, el "asesor" no sabe nada?
Lo único que tengo claro es que debéis cambiar de asesor (porque si encima cobra por ello...)
¿Cómo se las tenéis que pagar? pues según su salario actual. Siempre hay matices y cada empresa puede tener los suyos, pero ¿cómo pagais las vacaciones en finiquito en el caso de otras bajas (bajas voluntarias, fin de contrato, despidos...)? Pues en esta caso igual (si es que el criterio que seguis puede ser considerado correcto, claro).
¿eso tampoco os lo puede aclarar vuestro asesor? (madre mía!, ¿nunca ha hecho un finiquito??)
Buenas noches ,triniloreloretrini estoy en tu misma situacion año 2009 y 2010 enteros de baja año 2011 hasta el 15 de febrero que me conceden una IPT la enpresa todavia no me ha llamado para el finiquito pero seguro que las vacaciones no me las pagan y no se como hacerlo despues de 22años en la empresa no me pertenece nada GRACIAS
Carembeau:
ten cuidado porque si la empresa es de las "demasiado listas" no te va a llamar para que te pases un dia a cobrar el finiquito... va a esperar a que caduque. debes ser tú el que antes de que eso pase muestres un cierto interés en intentar cobrarlo, y si no te lo quisieran pagar ya sabes
un trabajador que estuvo trabajando de Enero a Julio de 2010. El 1 de Agosto fue despedido y en Enero de 2011 readmitido, pero sin opción de disfrute de los 10 días de vacaciones que le restaban de 2010.
Actualmente está de Baja (IT contingencias comunes).
¿ Puede este trabajador solicitar que se le paguen los 10 días del 2010 que no pudo disfrutar por estar en dicho periodo en situación de despido ?. La sentencia fue : despido objetivo improcedente.
Gracias
NANDO: yo soy la hermana del incapacitado....perdoname...pero es que no me expliqué bien.....¡¡
el tema es, que el jefe mi hermano...no sabe nada...de fijiquito, de vacaciones, de pagas...de nada...él nos dice que hablemos con su asesor....y su asesor....TAMPOCO SABE¡¡¡ ..
de hecho me he puesto incluso a hacer un curso de nóminas por internet, .... pero es que hay cosas que no tengo muy claras.......así que tengo que buscarme un poco la vida.......
por eso comentaba a ver si me podría alguien confirmar si lo que le corresponde de las vacaciones se calcula del importe de la base de cotización o del total devengado??? / 30 días que tiene el mes y por el número de días que le deben de vacaciones.....cómo es?
ENCIMA LE TENGO YO QUE HACER EL TRABAJO AL ASESOR......??? PERO TODO SEA PARA QUE LE DEN A MI HERMANO LO QUE ES SUYO.....NO??? QUE A TODOS NOS CUENTA GANARLO¡¡¡¡
CARAMBEAU: LA EMPRESA TIENE MUCHA JETA Y NO TE VA A LLAMAR¡¡¡¡¡¡ SEGURO¡¡¡¡ (ojala me confunda) ¡¡¡ pero ........ANIMO Y COJE el telf o plántate allí y exige lo que es tuyo¡¡¡¡¡¡¡, cómo dice archilla tienes un tiempo para reclamar lo que te pertenece...(creo que es un año, corregidme si me confundo....)
Carembeau:
estás contamiando varios hilos del foro con la misma pregunta...
Dile a tu abogado que te tienen que liquidar y que las vacacines como estabas en IT no las pudiste disfrutar (o que venga akl foro éste a leer algo9
archilla ,perdona si pregunto demaseado pero no te puedes ni imaginar todas las dudas que tengo ,todo por lo que me estan haciendo pasar,y si mi abogado no me saca de muchas dudas ya no se que hacer ,solo intento que alguien me ayude con sus esperiencias igual que yo lo are con las mias .gracias