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UTEs en una fusión por absorción

1 Comentarios
 
13/11/2005 19:51
Hola que tal, lo que preguntas es bastante complejo pero intentaré ayudarte en lo que pueda.
Como su nombre indica la UTE es una forma social que surge de la asociación de dos o más sociedades para acometer alguna obra, y que una vez constituida se disuelven.Ten en cuenta que deben ser inscritas en un Registro especial del MEH, y que la Ley del Impuesto sobre Sociedades regula un régimen fiscal específico para esta sociedades (Art.68 LIS).
Dicho esto si la fusión se produce tal como tu explicas, se rompe el principio básico de la UTE, como tal figura, lo que supondría que las obras que estuvieran ejecutando las UTE pasaría a ejecutarla la soc. A, lo que podría suponer un problema.
Por otra parte, la fusión es un proceso un poco más complejo, ya que las sociedades previamente deben redactar un balance de fusión que se plasmará en un proyecto de fusión, que debe ser presentado en el RM competente. Mientras el RM no da su aprobación no puedes escriturar la operación.
Respecto al MEH, UTES a parte, te conviene acogerte al regímen establecido en el Título VIII Cap. VIII (Arts. 97-110) de la Ley sobre el Impuesto sobre Sociedades, que regula los procesos de fusión y adquisición de sociedades.
Utes en una fusión por absorción
perfil CMM
05/10/2005 10:33
Les agradecería que me indicaran que ocurre y como proceder en los siguientes casos:

Con fecha 29 de septiembre se ha producido una fusión por absorción de varias empresas, siendo las empresas B y C, las absorbidas por la empresa A (manteniéndose el nombre de A como razón social)

El caso es que existían una serie de UTE de la empresas indicadas:

1ª UTE: formada entre la empresa A y B (al fusionarse ambas empresas esta UTE se extinguiría?)

2ª UTE: formada entre la empresa B y una tercera (en este caso, daría lugar a un cambio de denominación social, formándose la UTE: A-3ª empresa?)

3ª UTE: mismo caso que la anterior, pero entre la empresa C y una tercera.


Podrían indicarme como proceder en estos casos para realizar las notificaciones oportunas de cara a Hacienda?

Hay que realizar alguna gestión de cara al registro especial del MEH?

Es suficiente la notificación con el modelo 036, indicando la fusión por absorción??

Gracias de antemano!!!