Desearía que alguien me pudiese ayudar, en un problema familiar cercano, la situación es la siguiente:
La única propietaria del piso ha fallecido, y aún no se ha repartido la herencia, creo que se llama "herencia yacente", la actual usufructuaria de ese piso, es una de las hijas de la fallecida, (con consentimiento tácito de los demás herederos), en el edificio hay que arreglar el tejado, y se celebrará una Junta de propietarios, si no me confundo, la usufuctuaria puede representar a la dueña fallecida,el resto de los futuros herederos están de acuerdo, pero la usufructuaria, no está capacitada para tomar decisiones en la Junta de propietarios, mi pregunta es, ¿puede la usufructuaria delegar su representación en otra persona en la Junta de propietarios, estando los futuros herederos de acuerdo en esa representación?, ¿existe algún impedimento legal?, gracias.